El escribano Carlos Grimau explica cómo accionar si un vecino es víctima de los radares no habilitados, como el caso de Chimpay y la nota que publica ayer La Angostura Digital.
Sr. Director:
Con respecto a las fotomultas por infracciones de tránsito que se aplican a los ciudadanos de Villa La Angostura en otros lugares del país, muchas veces improcedentes o inexistentes, les hago saber, para que los infraccionados tengan una mejor defensa, que el artículo 60, inciso h) y artículo 71, ambos de la Ley Nacional de Tránsito nº 24449, establece que cuando el lugar de la infracción se ubique a 60 kilometros o más del domicilio del multado, éste puede pedir que las actuaciones se remitan al Juzgado de Faltas que corresponda al lugar donde viva.
Saludos cordiales
Carlos Grimau
Villa la Angostura
* Noticia vinculada: "Confirman que es trucho el radar que afectó a varios vecinos de Villa la Angostura"
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