Convocan a interesados para habilitar nuevos estacionamientos para casillas rodantes y motorhomes

A través del Decreto 364/2022, el poder Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, Tránsito, Transporte y Protección Civil articuladamente con la Dirección de Comercio, informa sobre la nueva reglamentación para la organización del estacionamiento de vehículos tipo casillas rodantes, portantes y motorhomes.

Desde la Municipalidad de Villa la Angostura se dio a conocer un comunicado que expresa textualmente ” entendiendo que se trata de una problemática local sobre todo durante la temporada estival y la gran afluencia de turistas a la localidad, surge la necesidad de disponer de lugares específicos para el estacionamiento de este tipo de vehículos”.

“En este marco, se invita a comerciantes locales a tramitar la habilitación de playas de estacionamiento privados para casillas rodantes, portantes, camper pick up y/o y motorhomes, en cumplimiento de la Ordenanza Municipal N° 2235/09 “Licencias y Habilitaciones comerciales” y demás normativa de aplicación y requerimientos que el DEM establezca por vía reglamentaria”.

Estas áreas no son sectores de camping, ni solicitarán habilitación turística a tal fin, sino que son áreas de estacionamiento de los vehículos referenciados. Para tal fin, se deberá disponer de accesos vehicular que garanticen el acceso de esta tipología de  vehículos, con calles con  pendientes y radios de giro adecuados. También, de un sistema de evacuación de aguas grises y aguas negras con tratamiento o traslado, debidamente autorizado por la Dirección de Medio Ambiente.

Una vez realizado el desarrollo de accesos y caminos interno con ancho mínimo de calzada, se considera necesario 100 mts2 por vehículo, con un máximo de 30 casillas rodantes, portantes, camper pick up y/o motorhomes por día habilitados a estacionarse en predio de destino.

Cabe mencionar que el incumplimiento de la presente norma será sancionado con la multa correspondiente prevista en los Artículos 143°, 146 y 147 del  Digesto de Faltas Ordenanza 1169/01.

Los interesados deben dirigirse a la oficina de la Dirección de Comercio, ubicada en el edificio municipal en Obispo J. de Nevares 32, de lunes a viernes de 8 a 14 horas.

Se recuerda que los siguientes sitios NO están habilitados para el estacionamiento de los vehículos anteriormente mencionados:

1.   Zona Centro, perímetro plaza Pioneros, frente a escuelas, estacionamientos públicos casco urbano Av. Arrayanes desde el ACA hasta el Mercado.

2.   Recta Manzano desde Puente Río Bonito hasta monolito Misión Jesuítica, dentro del área Turística Puerto Manzano.

3.   Nodo circunvalación Sur (Curva Vera), La Anónima, YPF –Todo, accesos a escuelas e Ignacio Antriao.

4.   Costanera Correntoso.

5.   Zonas de interés turístico.

6.   Paseo de los Pescadores.

7.   Accesos Públicos a Playas (200 m del acceso a cada lado).

8.   Zona Puerto.

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