Justicia electoral rechazó planteo de Ciccone por la Presidencia del Deliberante

La jueza electoral de la provincia rechazó “in límine” el pedido de la concejala del Pro que le había solicitado un dictamen “urgente” para resolver a quién le correspondía ocupar la Presidencia del Concejo por la licencia obligada de David Tressens Ripoll.

 

La jueza electoral de la provincia, Alejandra Bozzano, rechazó “in limine” el pedido que había hecho la concejala del Pro, y vicepresidenta del Concejo, Marta Ciccone, para que la justicia electoral dictamine a quién le correspondía ocupar la Presidencia del Deliberante durante la licencia del concejal del MPN David Tressens Ripoll.

“A lo solicitado por la Vicepresidenta a cargo de la Presidencia del Concejo Deliberante de Villa La Angostura: Atento que la consulta formalizada excede la órbita de actuación del Juzgado Electoral Provincial, corresponde el rechazo in limine de dicha presentación”, respondió Bozzano en su resolución del 29 de junio último a la que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL.

“Ello en tanto la cuestión se suscita en el cuerpo deliberante, por lo que deberá ser resuelto mediante las acciones pertinentes y ante quien corresponda”, sostuvo la jueza.

Ciccone había enviado el lunes una nota a la jueza electoral de la provincia para pedirle que dictamine sobre el asunto.

La concejala del Pro le había pedido a la jueza que dictamine “si corresponde en el caso concreto el reemplazo interino del Presidente por la actual vicepresidencia, de manera transitoria, y por aplicación del artículo 12 del reglamento interno, siempre que no exista acefalía definitiva que activa la elección de nuevas autoridades, y aun cuando la misma no pertenezca al mismo partido o alianza electoral que se impuso en la elección de intendente por no ser este un requisito exigido por el reglamento interno ni la Carta Orgánica para ejercer dicho cargo”.

Ciccone pidió a la jueza que dictaminara si “en caso negativo, si corresponde proceder a elecciones de nuevas autoridades en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 13 del reglamento interno para encontrarse de licencia por tiempo determinado presidente del Concejo. En dicho caso, si se limitaría a la elección del presidente o a la totalidad de las autoridades, cesando el presidente y/o la totalidad de las autoridades actuales en sus cargos, según sea vuestra interpretación”.

La concejala del Pro indicó en la nota que en caso negativo, “cuál sería procedimiento y el orden de corrimiento de cargos, a qué concejal correspondería asumir rol de la Presidencia, si dicha asunción sería transitoria o permanente desplazando al actual presidente en uso de licencia”.

“Si este fuera el caso, cuál sería el rol de la vicepresidencia si la misma no pertenece al mismo partido o alianza que se impuso en las elecciones de intendente”, fue el planteo que Ciccone quería que la jueza electoral respondiera en un dictamen de manera urgente.

Al final, en la sesión del martes, la intención de Ciccone de quedarse con la Presidencia del Concejo Deliberante, como había indicado Tressens Ripoll, chocó contra los votos de la mayoría de los concejales.

Por cinco votos contra dos, los concejales del MPN y del Frente de Todos aplicaron lo estipulado en la Carta Orgánica Municipal que prevé que la Presidencia del Concejo Deliberante la ejerce el partido que ganó la elección. En 2019 ganó el MPN la elección municipal. Por eso, designaron al concejal emepenista Walter Espíndola al frente de la Presidencia del Concejo.

La propuesta de Ciccone era aplicar el reglamento interno del Concejo que le permitía a la vicepresidenta ejercer la Presidencia por la licencia de Tressens Ripoll. Solo tuvo el apoyo de la concejala de Primero Angostura Agustina Vaca Arenaza.

Tressens Ripoll pidió a principios de junio pasado una licencia sin goce de haberes por 6 meses o hasta que la justicia dicte su absolución o sobreseimiento. El concejal emepenista debe enfrentar un proceso penal porque está imputado por incumplimiento de los deberes de funcionario público y desobedecer una orden judicial.

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