Desestimaron el recurso de amparo colectivo contra Camuzzi por los cortes de gas en Villa la Angostura

La jueza federal de Zapala, Silvina Domínguez, resolvió que la Municipalidad no tiene legitimidad para reclamar en representación de los habitantes de esta localidad. Pero ordenó a la empresa a garantizar la correcta prestación del servicio en todas las dependencias municipales.

La jueza federal de Zapala, Silvina Domínguez, resolvió “desestimar por falta de legitimación de la Municipalidad de Villa La Angostura” el amparo colectivo que habían presentado el apoderado legal del Municipio, en representación de los habitantes de esta ciudad. Sin embargo, la jueza admitió la acción de amparo, pero delimitada a las dependencias o edificios municipales.

Por eso, Domínguez hizo lugar a la medida cautelar que la Municipalidad había solicitado. En consecuencia, ordenó a Camuzzi Gas del Sur SA “la correcta prestación del servicio de suministro de gas a todas las dependencias de la Municipalidad de Villa La Angostura conforme a las normas de calidad y eficiencia previstas en el contrato de concesión de distribución de gas”.

De acuerdo al fallo al que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL la magistrada dispuso que en caso de que la empresa incumpla esa orden, le aplicará la multa de 50.000 pesos “en concepto de sanciones conminatorias por cada día de retardo en dar cumplimiento a lo ordenado”.

La Municipalidad había presentado semanas atrás una acción de amparo contra Camuzzi Gas del Sur SA “con el fin de que se le ordene a la accionada que brinde por ley el servicio público de distribución y suministro de gas natural por red”.

Señaló el incumplimiento de la prestación del mencionado servicio público, como asimismo la prestación irregular e ineficiente del servicio causa agravio a derechos consagrados en la Constitución Nacional, con severos daños a la comunidad de Villa La Angostura y que se ordene a la demandada a restablecer y prestar el servicio al que está obligada, con adecuada generalidad, uniformidad, regularidad y continuidad.

Planteó que el intendente Fabio Stefani, en su carácter de representante de dicho municipio y administrador de los intereses locales está facultado para actuar en representación de los intereses de los habitantes de la ciudad, y asumir la representación desde el carácter mismo de usuario del servicio de provisión de gas a cargo de Camuzzi.

En el amparo, se destacó que el municipio es efectivamente usuario del servicio de gas en sus edificios administrativos, en el Centro Ambiental, en los Gimnasios Municipales y en las demás dependencias municipales en sus distintas áreas, que en este momento se ven afectadas por la irregularidad en la prestación del servicio público.

En la acción de amparo plantearon que todos los habitantes de Villa La Angostura, en tanto usuarios del servicio de gas natural tienen las concretas expectativas de que la administración de ese recurso sea ejercida en forma apropiada y que la prestación del servicio se desarrolle dentro de términos normales de provisión y disponibilidad, con mayor razón cuando se trata de vital importancia si se considera la situación de las localidades cordilleranas en razón de las bajas temperaturas del invierno que estamos transcurriendo.

Señalaron que a ello se suma la mayor necesidad por coincidir con la temporada alta de invierno. Refirieron en el amparo que el carácter de autoridad electa del Intendente municipal “lo coloca en la obligación de promover esta acción de defensa de los derechos de los habitantes de la ciudad de Villa La Angostura, en tanto usuarios y consumidores de la prestación del servicio de provisión de gas…”

Manifestaron que presentaron el amparo por “las bajas extremas de presión y caudal, cortes intermitentes arbitrarios y constantes de la provisión del servicio de gas natural de red a toda la comunidad de usuarios que se verifican en todo el ámbito del ejido municipal”.

“Que además los cortes del suministro agravian profundamente y detienen la actividad turística -que es base esencial de la economía de la ciudad- a la que impide totalmente llevar a cabo la prestación de sus servicios de alojamiento turístico con el conflicto extra de producirse esos cortes que obligan a desalojar establecimientos hoteleros ya ocupados por los pasajeros, cerrar hotelerías y pérdida de reservas”, advirtieron.

“Todo ello sumado a los reclamos desesperados de la comunidad educativa, que deben tomar la inaceptable y difícil decisión de suspender sus actividades escolares”, afirmaron.

Falta de legitimación

“Sin perjuicio de todo lo señalado deberá ser rechazada esta presentación de amparo colectivo, por cuanto quien ha accionado en defensa de los intereses de los ciudadanos es la Municipalidad de Villa la Angostura quien carece de legitimación procesal para representarlos”, sostuvo la jueza federal de Zapala.

Sin embargo, dispuso habilitar el amparo contra Camuzzi para que siga el trámite correspondiente, pero solo en lo referido a los edificios que dependen de la Municipalidad.

 

 

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