Este recurso es una de las principales fuentes de financiamiento que tiene la institución para sostener el funcionamiento del cuartel local.
Los concejales propusieron incrementar el aporte que los contribuyentes de Villa La Angostura hacen mensualmente a la Asociación de Bomberos Voluntarios, que sostiene el cuartel de bomberos local.
Así lo plantearon en la reunión que mantuvieron con el secretario de Economía municipal, Javier de los Ríos. El pedido de los concejales fue subir de 25 a 35 puntos la contribución mensual a la Asociación de Bomberos de la localidad.
De los Ríos explicó a LA ANGOSTURA DIGITAL que 25 puntos es el aporte vigente que hacen los vecinos a la entidad. Recordó que el valor del punto hoy es de 2,30 pesos. En consecuencia, cada contribuyente aporte hasta ahora 57,50 pesos a la institución.
Indicó que con los valores vigentes del punto de aplicarse el aumento propuesta el aporte mensual ascendería a 80,50 pesos.
Sin embargo, como se trata del Código Tarifario 2023, de aprobarse la iniciativa el aporte será mayor porque hay consenso en aumentar el valor del punto para el año próximo.
De los Ríos informó que los concejales manifestaron su intención de autorizar un aumento del valor punto para el 2023 en dos etapas. El primer incremento del entraría en vigencia desde el 1 de enero próximo hasta finales de junio. El segundo se aplicaría para el segundo semestre del 2023.
La propuesta del Ejecutivo municipal es subir el valor del punto el año próximo de 2,30 a 4.50 pesos, es decir, alrededor del 96 por ciento.
Por eso, de aprobarse ese nuevo cuadro tarifario el aporte que cada contribuyente hará mensualmente a la Asociación de Bomberos Voluntarios será superior a los 100 pesos.
La municipalidad recauda esos aportes de los vecinos y se los transfiere a la institución de manera mensual.
De los Ríos admitió que están atrasados dos o tres meses con la transferencia de esas contribuciones a la entidad. Dijo que hay demoras administrativas, pero que la intención del Ejecutivo es ponerse al día antes de que cierre este ejercicio 2022.
LA ANGOSTURA DIGITAL intentó comunicarse con el presidente de la Asociación para conocer sobre este tema, pero no respondió por el momento.
Otra herramienta importante
Los concejales sancionaron esta semana por unanimidad una ordenanza que adhiere a la ley provincial 3309 sancionada por la Legislatura de Neuquén en diciembre de 2021.
El proyecto lo impulsaron los concejales del bloque del Frente de Todos y recibió el apoyo del resto de los concejales.
En los considerandos de la ordenanza sancionada, los concejales destacaron que la ley nacional 25054 “regula la misión y organización del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios en todo el territorio nacional y su vinculación con el Estado Nacional”.
Recordaron que la ley nacional 25054, en su artículo 15 “exime a las asociaciones de bomberos con reconocimiento oficial de la obligación de pagar impuestos nacionales, del pago de derechos y tasas aduaneras”.
Y “que la ley 27629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios establece un Régimen Tarifario Especial para Entidades del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios”.
Por eso, señalaron que esa ley establece en su artículo 4 que el régimen tarifario especial “es aplicable a las asociaciones y federaciones de Bomberos Voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de Argentina como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios establecido por ley 25054 y sus modificatorias, y a los inmuebles que funcionen de forma permanente como oficinas administrativas, cuarteles y/o destacamentos operativos”.
Indicaron que justamente la Legislatura de Neuquén sancionó la ley provincial 3309 que adhirió a la ley nacional 25054 y la ley nacional 27629 y que esa norma provincial invita a las municipalidades a adherir a dicha ley.
Los concejales enfatizaron que la Asociación Bomberos Voluntarios de Villa la Angostura solicitó que la Municipalidad de Villa La Angostura “adhiera” a la ley provincial 3309 para encuadrar en el régimen tarifario especial.