Caso Zani: el imputado condenado tiene custodia policial y pulsera para controlarlo

Los hermanos fueron asesinados durante una fiesta familiar realizada en cercanías de Villa la Angostura.

Así lo informaron desde la fiscalía de Villa La Angostura. Explicaron que la Policía retiró el móvil policial porque en la comisaría 28 se necesita para las tareas de prevención. Pero afirmaron que el imputado González Aguilar tiene un policía de custodia en su domicilio las 24 horas. Recordaron que la sentencia aún no está firme.

El imputado Rubén González Aguilar, que fue declarado culpable por un jurado popular del homicidio agravado por el empleo de arma de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa de Alejandro Zani, por el que se le impusieron 4 años y 4 meses de prisión está controlado con pulsera electrónica. También, lo custodia un empleado policial en su domicilio.

Así lo informaron a LA ANGOSTURA DIGITAL este miércoles desde el Ministerio Público Fiscal tras la denuncia que familiares de los hermanos Julio Raúl y Alejandro Zani hicieron sobre el presunto incumplimiento de la custodia policial sobre González Aguilar.

Desde la fiscalía de Villa La Angostura explicaron que el imputado sigue con arresto domiciliario porque la sentencia que lo condenó a 4 años y 4 meses de prisión aún no está firme. Una vez que eso suceda deberá cumplirla en una unidad penitenciaria de la provincia.

Explicaron que desde la comisaría retiraron el patrullero que se apostaba frente al domicilio de González Aguilar, que está ubicado en el barrio El Mallín, “en virtud de la necesidad de contar con mayor cantidad de personal policial para realizar las tareas de prevención ordenadas conforme la Ley Orgánica Policial”.

De todos modos, aseguraron que desde la comisaría se asigna un empleado policial para la custodia en el domicilio.

González Aguilar estuvo un año con prisión preventiva que cumplió en una comisaría. Como el Código Procesal Penal de Neuquén establece un año como plazo máximo para mantener a una persona detenida con prisión preventiva, el imputado accedió al arresto domiciliario antes de que comenzara el juicio.

La fiscalía acusó a González Aguilar por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de los hermanos Zani. Sin embargo, el jurado popular solo lo declaró culpable por el homicidio de Alejandro. El crimen de Julio Raúl quedó impune.

En la segunda etapa del juicio, el fiscal del caso Adrián de Lillo pidió que se lo condene a 8 años y 6 meses de prisión por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego cometido en exceso de legítima de defensa de Alejandro Zani, por la tenencia ilegítima de un arma de fuego de uso civil y la portación ilegal del arma de guerra (revólver calibre 45). La querella solicitó 12 años de prisión por los mismos delitos. Mientras que la defensa, requirió la pena mínima de 3 años y 6 meses.

El 17 de mayo pasado, el juez Sommer consideró que la pena justa a imponer era de 4 años y 4 meses de prisión. Valoró que no tenía antecedentes penales.

La tragedia de los hermanos Zani ocurrió la madrugada de la Navidad del 2021, en un campo a unos 35 kilómetros de Villa La Angostura. Los hermanos Zani con sus familias llegaron a celebrar con un tío que los había invitado. Allí, se encontraron con González Aguilar. Los problemas surgieron en el momento del baile. Se originó una pelea y todo terminó en un baño de sangre.

González Aguilar disparó con un revólver calibre 45 contra las víctimas. Alegó que solo se defendió de una agresión y quiso proteger a su familia. Los testigos aportados por la fiscalía y la querella y las evidencias planteaban que se trató de un homicidio sin atenuantes.

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