A partir de marzo llegarán los aumentos en la tarifa del gas que rondarán entre el 50 y 60 %

El Enargas fijó ayer por resolución que durante el mes que viene se notificará a las empresas los aumentos que deberán aplicar. Las subas implican una actualización de los costos de transporte y distribución. En algunos lugares las boletas podrían enfrentar subas de hasta un 700% si además se combinan con la quita de subsidios.

El flamante interventor del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), Carlos Casares, le puso la firma a la Resolución 52/2024 que se publicó ayer en el Boletín Oficial y que marcó que los aumentos en el servicio de gas natural por redes comenzarán a aplicarse durante marzo, aunque sin definir de cuánto serán.

Se trata en este punto de los pedidos de aumento presentados por las transportistas TGS y TGN y por las distribuidoras como es en la región Camuzzi Gas del Sur. Si bien se trató de pedidos que al interior de sus estructuras llegaron hasta el 550%, representan en las boletas de la región patagónica subas que van del 50 al 60%, pues son ítems con una incidencia baja en el final a pagar.

En tanto que en el artículo 3 se fijó que el nuevo sistema de traslado de la inflación a las facturas comenzará a regir bastante más adelante, dado que se indica un plazo para su determinación de 90 días hábiles, lo cual lo lleva a fines de junio, en pleno invierno.

El artículo 2 de la resolución del Enargas indica que el aumento en sí será notificado a las empresas para que lo carguen en las facturas durante algún momento que va desde ayer y hasta fines de marzo, cuando además se defina si se avala que suban todo lo pedido, menos o si lo deberán hacer en cuotas.

Concretamente señala lo siguiente: «ARTÍCULO 2°: Hacer saber que la aprobación de las tarifas transitorias que resulten de los análisis pertinentes en los términos de la Ley N° 24.076, su Decreto Reglamentario, las Reglas Básicas de la Licencia de Transporte y Distribución, conforme el objeto de la Audiencia Pública N° 104, tendrá lugar dentro de los treinta (30) días hábiles administrativos de publicada la presente».

Copy Protected by Chetan's WP-Copyprotect.