- Comunicado
Villa La Angostura, miércoles 5 de marzo de 2025.-
AL SR. MINISTRO DE SALUD
MARTIN REGUEIRO
CC: SR. ROLANDO FIGUEROA
GOBERNADOR DEL NEUQUEN
S_____/_____D
Por medio de la presente, quienes suscriben, trabajadores y trabajadoras del Hospital Dr. Arraiz. O y Centros de Salud de Villa La Angostura, nos dirigimos a Usted con el fin de manifestar de manera respetuosa, que:
- Conforme al Artículo 14 bis de la Constitución Nacional: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea…”
- Que es responsabilidad del gobierno provincial garantizar que las y los trabajadores reciban el mismo salario por el mismo trabajo, sin discriminación por género, etnia, religión, política o cualquier otra causa, que las y los trabajadores tengan las mismas oportunidades de crecimiento, que sean reconocidos/as por su desempeño, que reciban una compensación adecuada a su experiencia, formación y tiempo dedicado a sus funciones, QUE RECIBAN UNA REMUNERACION SUFICIENTE PARA VIVIR CON DIGNIDAD, QUE RECIBAN UNA REMUNERACIÓN QUE LES ASEGURE UN BIENESTAR PARA ELLOS Y SUS FAMILIAS COMPATIBLE CON LA DIGNIDAD HUMANA.
- Que el concepto ARRAIGO tiene como espíritu el de motivar el rendimiento laboral, así como también atraer y retener talento en el Sistema Publico Provincial de Salud; que esta bonificación fue creada en principio solo para el Sector Médico; que en 2024 a través de un recurso judicial se dio lugar por medio de la CIAP SALUD para incluir a Odontología en dicha bonificación; que en la última paritaria del CCT de Salud se ha clasificado en el articulo 117 del mismo (Ley 3476), a trabajadores tipo A), B) y C), más los trabajadores excluidos de este beneficio, otorgando montos salariales distintos según la categoría citada con antelación, de tal manera que a Médicos y Odontólogos se les da una bonificación totalmente superior en términos económicos, generando privilegios en comparación al resto de los/as agentes de salud, lo que ocasiona discriminación y desmotivación en los sectores, incumpliendo el articulo 14 bis de la Constitución Nacional Argentina; Que el DESARRAIGO en el interior de la provincia afecta no solo a Profesionales, sino también a Técnicos/as, Asistentes de la Salud, Administrativos/as, y Operarios/as, que prestan funciones en localidades donde no son oriundos/as, llevándolos al sistema de alquileres con sus elevados precios y desregulación en los mismos por parte del Estado, sumando a las variables turísticas en los productos de consumo básico lo que aumenta el costo de vida, más la falta de políticas de acceso a una vivienda propia (Derecho también contemplado en la Constitución Nacional y Provincial).
4- Por todo lo expuesto, solicitamos con URGENCIA realice las actuaciones necesarias para corregir la exclusión y discriminación generada por el Articulo N° 117 de la Ley 3476; Más una mesa paritaria salarial para evaluar los sueldos básicos del Sistema de Salud ya que el salario de las y los trabajadores ha que dado desfazado en comparación al costo de vida (canasta básica, alquileres, vestimenta, impuestos de servicios básicos, impuestos varios, combustible, gastos escolares); Mas la reglamentación del ítem DEDICACION EXCLUSIVA OPTATIVA PARA TODO EL PERSONAL DE ENFERMERIA QUE POSEA UN TITULO DE PREGRADO O DE GRADO EXTENDIDO POR UNA ENTIDAD UNIVERSITARIA O TERCIARIA.
Sin otro motivo, apostando a su buena fe para brindarle a todos/as los/as neuquinos/as una política distinta, reflexiva, y autocritica de sus errores, lo saludamos atentamente.
TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA SALUD VLA