Millonaria multa a un vecino por causar daño ambiental con obras no autorizadas en costa de lago

Así lo dispuso el Tribunal de Faltas municipal de Villa La Angostura, a cargo de Soledad Aldea. La sanción se aplicó porque inspectores de Medio Ambiente y personal de Parques Nacionales constató movimiento de suelo, el desplazamiento de piedras naturales y la construcción de un muro no autorizados en un sector de playa del Nahuel Huapi.

 

La jueza municipal de Faltas de Villa La Angostura, Soledad Aldea, condenó a un particular, a pagar una multa de 11.500 N, lo que equivale a 5.899.500 pesos por varias infracciones contra la normativa vigente.

Aldea resolvió aplicar esa sanción tras analizar el expediente que elevó la Dirección de Medio Ambiente que detectó las infracciones. Desde el Tribunal de Faltas municipal informaron a LA ANGOSTURA DIGITAL que personal de la Dirección de Medio Ambiente de la municipalidad, en colaboración con Parques Nacionales, constató movimientos no autorizados de suelo de un lote privado con costa de lago. En consecuencia, se inició una causa contravencional.

Destacaron que durante una inspección que se hizo en el sector de playa se constató el movimiento de suelo con maquinaria pesada sobre una superficie aproximada de 934 metros cuadrados.

También se evidenció el desplazamiento de piedras naturales y la construcción no autorizada de un muro de contención de aproximadamente 30 metros de largo.
Las fuentes del juzgado de Faltas indicaron que esas acciones fueron realizadas “sin contar con las autorizaciones pertinentes por parte del Municipio ni de otros organismos competentes, generando un daño ambiental significativo en una zona protegida debido a su alta sensibilidad ecológica”.

Explicaron que la infracción fue calificada según la normativa vigente como “Puntual 2 – Pertinaz”, con efectos negativos en el ambiente estimados entre 3 y 10 años.

En consecuencia, la jueza dispuso la aplicación de una multa económica y la obligación de revertir las condiciones originales del área intervenida en un plazo específico, bajo supervisión técnica ambiental.

La multa la debe pagar en el termino de diez días bajo apercibimiento de ley.

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