Ratifican al juez: Mapuches continúan con el resguardo para evitar el desalojo de las comunidades Melo y Quintriqueo

La sentencia está firme y los plazos para ejecutar el desalojo están vigentes, pero un numeroso grupo de mapuches se mantienen en el predio en disputa y advierten que van a resistir si se intenta sacarlos por la fuerza pública. Desde el gobierno provincial buscan opciones para evitar cualquier acto de violencia.  Fallo ratificó al juez Francisco Astoul Bonorino.

La orden de desalojo emitida por el juez Astoul Bonorino está vigente y por ese motivo unas treinta personas integrantes de las Comunidades Melo y Quintriqueo se mantienen en el predio en conflicto como resguardo. No obstante, su ejecución ha sido postergada hasta el momento, en parte debido a la intervención del ministro de Gobierno provincial, Jorge Tobares, quien intercedió para evitar un operativo policial mientras se analizan caminos alternativos.

El conflicto por la tierra en la zona del cerro Belvedere permanece sin resolución definitiva. La comunidad mapuche Quintriqueo denuncia que el proceso judicial vulnera los derechos de los pueblos originarios y se lleva adelante desconociendo normativas nacionales e internacionales que los amparan, como el Convenio 169 de la OIT —que exige consulta previa, libre e informada ante decisiones que afecten a comunidades indígenas— y la Ley Nacional 26.160, que suspendía desalojos hasta tanto se complete el relevamiento territorial (normativa que fue derogada por el actual gobierno nacional).

Desde el lof Quintriqueo insisten en que la justicia no está garantizando un proceso justo y neutral, y continúan exigiendo que se respete el derecho a permanecer en sus territorios ancestrales, en el marco de un conflicto que ya lleva más de una década sin solución estructural.

El último rechazo al abogado Virgilio Sánchez

La Cámara de Apelaciones de San Martín de los Andes resolvió no hacer lugar al pedido de recusación presentado contra el juez Francisco Astoul Bonorino, quien se encuentra a cargo de una causa por tierras en conflicto en la zona del cerro Belvedere, en Villa La Angostura. El magistrado había sido cuestionado por la comunidad mapuche Quintriqueo, que lo acusó de carecer de imparcialidad por haber intervenido anteriormente en un expediente relacionado, en el que dispuso el desalojo de integrantes de la misma comunidad.

Pese al planteo, los camaristas Manuel Castañón López y Pablo Furlotti rechazaron el pedido y ratificaron que el juez puede seguir interviniendo en la causa “Comunidad Mapuche Lof Kintrikeu c/ Broers María Cristina s/ acción reivindicatoria”, la cual tramita en el Juzgado Civil de Primera Instancia de Villa La Angostura. La resolución, firmada el 13 de junio, confirmó así que Astoul Bonorino continuará al frente del expediente donde se discute la titularidad de tierras en disputa entre la comunidad mapuche y la demandante, María Cristina Broers.

Antecedentes del conflicto

El pedido de recusación se basaba en la participación previa del juez en una causa anterior, también vinculada a un reclamo territorial. En ese expediente, caratulado “Broers María Cristina c/ Quintriqueo Pascual Felidoro y otros s/ Incidente de ejecución de sentencia”, Astoul Bonorino ordenó en 2022 el desalojo de la familia Quintriqueo. Esta acción se dio en cumplimiento de una sentencia firme emitida en 2012 por el juez Andrés Luchino, que reconocía el derecho de Broers sobre esas tierras.

La comunidad sostuvo que dicha intervención comprometía la imparcialidad del juez en el nuevo proceso, donde se discute el fondo del derecho: si Broers tiene legítimo derecho a la posesión del lote, o si se trata de tierras ancestrales mapuche.

En su argumentación, la defensa del lof Quintriqueo invocó principios del derecho internacional, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que consagran el derecho de toda persona a ser juzgada por un tribunal independiente e imparcial. También señalaron que habían elevado una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) denunciando irregularidades y atropellos durante el desalojo previo, lo que en su opinión reforzaba la sospecha de parcialidad.

Fundamentos del rechazo

Los camaristas, sin embargo, no compartieron esa interpretación. En el fallo, consideraron que no había motivos suficientes para apartar al juez. Señalaron que su actuación anterior se limitó a ejecutar una sentencia ya dictada, sin haber emitido opinión sobre el fondo del nuevo caso.

“No se observa que el juez haya adelantado opinión sobre la pretensión entablada en esta nueva causa”, expresaron en la resolución. Subrayaron que su intervención en el expediente anterior fue “meramente procesal”, y que dictar resoluciones no implica prejuzgar, citando para ello doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: “Emitir fallos no significa adelantar opinión, sino ejercer la función jurisdiccional”.

En cuanto a la queja ante la CIDH, los jueces remarcaron que no se había aportado información clara sobre el tipo de denuncia, su contenido, ni ante qué organismo fue presentada. “Una presentación ante la CIDH no constituye, por sí sola, una causal de recusación válida según el Código Procesal Civil de la provincia”, señalaron. En consecuencia, concluyeron que no existían elementos objetivos que comprometieran la independencia del magistrado.

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