Sr. Director:
Habiendo tomado conocimiento de los nuevos valores de los servicios públicos municipales: agua corriente, alumbrado, barrido y residuos, cuya cuota mensual 7 vence el 14 de agosto, me surgen las siguientes reflexiones:
Por una propiedad ubicada en el barrio Antilhue. he recibido un valor que casi triplica lo abonado en el año 2024, exactamente un incremento del 281,72 % ($ 107.730,36 de cuota mensual 2025 contra $ 38.240,26 del año 2024). Otra propiedad ubicada sobre la misma calle, con casi la mitad de superficie del terreno ha sufrido un incremento de 203,50 %.
Si lo comparamos con el impuesto inmobiliario provincial, la primera ha sufrido un reajuste de 201,43 % del año anterior a este 2025.
De lo expuesto deduzco que un valor que duplique, o poco menos, al pagado en el año anterior parece razonable, no así el triple que nos imponen. Este incremento para el año 2025 no guarda ninguna relación con los índices de otras ramas de la actividad económica de orden nacional: Índice Contratos de Locación (ICL) 191,00 % (interanual, del 01/01/2024 al 01/01/2025); Índice de Precios al Consumidor (IPC) 122,47 %, para el mismo período.
Además quisiera dejar constancia de la pobre prestación en general, de los servicios públicos a cargo del municipio. Como ejemplo vaya el alumbrado público de nuestro barrio, donde el servicio estuvo interrumpido 19 meses a partir de Enero de 2023 y luego de múltiples y reiteradas gestiones efectuadas por varios vecinos con los sectores involucrados en solucionarlo, quedó habilitado en un 50% sin tener a la fecha una solución definitiva, ni efectuarse el reemplazo de las lámparas quemadas. El cargo por alumbrado público tiene una doble imposición: 1. en este retributivo municipal, objetado para este año y 2. en la factura de EPEN donde figura el ítem: “operación y mantenimiento alumbrado público”, no haciéndose responsable ninguno de los dos entes en darle una solución satisfactoria a nuestros reclamos.
En síntesis, creo que el valor de las tasas y servicios municipales que abona el contribuyente, debería estar en consonancia con la calidad y eficiencia de los trabajos brindados, algo así como establecer la tarifa en función de resultados. Si así fuera, el tarifario municipal no debería pretender este año el despropósito de triplicarse, respecto al año anterior.
Sin otro motivo, le saluda atentamente.
Jorge Sebastián Cortiñas
DNI: 7.650.832
Villa La Angostura



