Dos exconcejales y exconvencionales presentaron una demanda, a la que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL, contra la Municipalidad de Villa La Angostura y el Concejo Deliberante en el juzgado procesal administrativo de Zapala, para solicitar la nulidad de la norma. Solicitaron al juez que admita una medida cautelar y suspenda la implementación de esa ordenanza hasta que se dicte sentencia definitiva.
Los exconcejales y exconvencionales constituyentes del Movimiento Popular Neuquino (MPN), Silvana Gordillo y Guillermo Hensel, presentaron esta semana una acción de nulidad contra la ordenanza 2475, sancionada por el Concejo Deliberante de Villa La Angostura el pasado 31 de julio, y contra el decreto del intendente Javier Murer que la promulgó en la misma jornada.
La normativa cuestionada habilita la ampliación de los usos del predio deportivo del barrio El Once, donde se encuentra el gimnasio Enrique Barbagelata, con el objetivo de que la Provincia construya allí dos nuevos establecimientos educativos: la Escuela Primaria N° 361 y la EPET N° 28.
La presentación judicial, a la que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL, fue realizada en el juzgado con competencia en lo procesal administrativo de Zapala, tribunal que tiene jurisdicción sobre los municipios del interior de la provincia. Además de la acción de nulidad, los demandantes solicitaron al magistrado interviniente una medida cautelar para suspender de inmediato los efectos de la ordenanza y de su decreto de promulgación, hasta que se dicte una sentencia firme sobre el fondo del litigio.
A todo esto, todavía falta el dictamen de la Auditoria Municipal, Roxana Díaz, quien analiza de denuncia presentada por los mismos concejales quien además solicitaron que se lo cite al vecino Eric Grovermann, quien cedió este predio para espacio verde cuando se hizo el loteo del barrio El Once.
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Los fundamentos de la demanda
Gordillo y Hensel explicaron que actúan “en carácter de vecinos de la localidad, inscriptos en el padrón electoral, y como exconcejales y exconvencionales de la Carta Orgánica Municipal”.
En el escrito presentado sostienen que la ordenanza 2475/2025 y su decreto reglamentario “avasallan de manera arbitraria e ilegal la Carta Orgánica Municipal, así como el Código de Planificación Urbana de Villa La Angostura (Ordenanza 2659/12)”.
A su entender, estas decisiones vulneran tanto el orden constitucional como el derecho a un ambiente sano, además de comprometer la propiedad del Estado municipal sobre bienes de dominio público consagrados en la normativa local, provincial y nacional.
“Se trata de un acto administrativo expreso que agota la vía administrativa”, remarcaron los demandantes, cuestionando la rapidez con que la ordenanza fue promulgada el mismo día de su sanción.
Defensa del espacio verde
Uno de los ejes centrales del planteo es la defensa del carácter de espacio verde público que históricamente tuvo el predio. Los exconcejales recordaron que desde 1977 el inmueble fue destinado exclusivamente a actividades deportivas, recreativas y comunitarias, y ha sido utilizado de manera constante por niños, adolescentes, adultos y personas mayores.
Para los demandantes, el predio Barbagelata no solo cumple una función recreativa, sino que constituye un espacio de contención social y de formación juvenil, transformándose en un bien colectivo “con profundo arraigo territorial y afectivo” que resulta irremplazable para la comunidad actual y las futuras generaciones.

Foto: Una foto de 1984 cuando se pretendía que fuera un espacio verde, luego fue cayendo en el abandono y la mayoría de los proyectos, como un estadio municipal de fútbol, una pista de atletismo profesional y un natatorio municipal, quedaron solo en anuncios.
No es una acción contra la educación
Gordillo y Hensel aclararon expresamente que su iniciativa “no pretende obstaculizar el derecho a la educación”, el cual reconocen y valoran, sino que constituye una defensa de la legalidad y de la integridad del sistema de derechos locales.
“Lo que se busca es evitar un retroceso arbitrario y perjudicial que desconoce la historia, el valor social y el uso comunitario del espacio”, remarcaron.
En ese marco, advirtieron que la Provincia de Neuquén y la Municipalidad cuentan con tierras fiscales disponibles y reservas específicamente destinadas a infraestructura pública, por lo que —según plantean— resulta innecesario sacrificar un espacio verde consolidado para cumplir con la obligación estatal de construir escuelas.
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Rechazo social y medida cautelar
Los exconcejales subrayaron que la ordenanza generó un fuerte rechazo social en Villa La Angostura. Según la presentación, más de 1.235 vecinos y vecinas ya expresaron formalmente su oposición a la desafectación del predio Barbagelata-CEF N° 7.
La medida cautelar solicitada se fundamenta en la “urgencia, gravedad y riesgo inminente de que se consolide un perjuicio irreparable”, dado que el acto administrativo cuestionado “dispone de manera arbitraria de un bien de dominio público”.
Junto a la acción judicial, los demandantes acompañaron prueba documental y ofrecieron testigos que acreditan el carácter histórico y social del espacio.
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