El municipio hace números, pero tendrá que pagar el millonario juicio de Gabriel Carvajal

Carvajal era delegado de ATE y eso le valió dar vuelta el juicio.

El Ejecutivo debe presentar esta semana a la justicia su propia liquidación para ver si coincide con los 119 millones que pide el exdirector de Residuos Sólidos Urbanos. En el 2019 fue despedido del municipio por la causa de robo de combustibles.

En el Gobierno del intendente Javier Murer sacan cuentas y revisan la planilla presentada por el abogado del empleado municipal Gabriel Carvajal con el reclamo de 119.236.639 pesos, con 45 centavos, por los salarios que no cobró durante el tiempo que estuvo exonerado de la Municipalidad de Villa La Angostura.

Carvajal presentó, por intermedio de su abogado, la planilla con el reclamo para cobrar ese millonario monto ante la Sala 1 de la Cámara Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia de San Martín de los Andes.

Ese tribunal fue el que ordenó la reincorporación al municipio de Carvajal y el pago de los salarios que no percibió desde marzo de 2019, cuando fue expulsado del municipio, hasta que lo reincorporaron en el segundo semestre de este 2025.

Fuentes oficiales señalaron a LA ANGOSTURA DIGITAL que tienen plazo hasta esta semana para impugnar la planilla de liquidación que el abogado de Carvajal presentó en el Tribunal.

“Estamos viendo si el número al que ellos llegan es el correcto y tendremos que hacer lo que determina el juez”, explicaron las fuentes. “No tenemos mucho margen en esta instancia porque la sentencia fue favorable para él (por Carvajal)” y aclararon que se tienen que poner de acuerdo con el monto. Indicaron que en las próximas horas estará probablemente lista la planilla de liquidación del municipio “y la presentaremos en la Justicia para ver si coincide o no con lo que el abogado de Carvajal propone”.

En el Gobierno municipal sacan cuentas y, según las fuentes, el monto reclamado por Carvajal estaría acertado. “Son todos los sueldos caídos que no percibió desde que se lo exoneró hasta que se lo reincorporó ajustado por tasa de interés activa del banco”, comentaron.

Antecedentes del caso

Carvajal se desempeñaba como director de Residuos Sólidos Urbanos, cuando estalló el escándalo con las irregularidades en la carga de combustible para la maquinaria y vehículos del municipio.

El  dueño de la estación de servicio YPF Norte advirtió las maniobras y el caso originó una denuncia penal. La fiscalía de Villa La Angostura investigó los hechos y, en forma paralela, el municipio inició el sumario administrativo correspondiente con intervención de la Jacad.

Como consecuencia de ese sumario, Carvajal fue exonerado por el municipio a principios de 2019 por decreto del exintendente Guillermo Caruso.

Carvajal accedió al beneficio de la suspensión de juicio a prueba, con acuerdo de la fiscalía local y tras su expulsión del municipio, Carvajal presentó una demanda civil contra la municipalidad.

El juez civil de primera instancia de Villa La Angostura Francisco Astoul Bonorino la rechazó a finales de marzo del 2024 al sostener que no se probó que el Carvajal cumpliera con lo dispuesto por el artículo 49 de la ley 23.551, esto es, que se haya notificado a la empleadora que este era delegado sindical.

Añadió que tampoco se probó que su exoneración haya sido por una persecución en su contra, que se fundara en el alegado carácter de representante sindical

La apelación prosperó

Carvajal apeló ese fallo y la Sala 1 de la Cámara Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia, integrada por la jueza Nancy Vielma y su par Pablo Furlotti, admitió el 26 de junio del 2024 el recurso de apelación que había presentado Carvajal. En consecuencia, revocó la sentencia de Astoul Bonorino.

Para la Cámara, Carvajal probó que durante 2019 fue miembro de la Comisión Revisora de Cuentas de la Seccional Neuquén Sur de ATE, cargo para el cual fue electo por los afiliados. Y que era delegado congresal de ATE, con mandato entre el 27 de abril de 2018 y el 27 de abril de 2019.

Y condenó a la Municipalidad de Villa La Angostura “a que proceda a reinstalar” a Carvajal “en su cargo u otro de idéntica categoría en un sector a definir en el Municipio demandado, restableciendo sus condiciones de trabajo”.

Además, le impuso a la Municipalidad “abonarle al actor las remuneraciones caídas desde la modificación de las condiciones de trabajo (exoneración) y hasta el momento de la reinstalación, con más intereses, a la doble tasa activa del Banco de la Provincia de Neuquén, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago”.

La Sala 1 de la Cámara advirtió que la “exoneración” de Carvajal  dispuesta en el artículo 1 del Decreto 802/19, dictado en el sumario administrativo No 254-JEB-2017, de fecha 28 de febrero de 2019, “debe ser declarada nula, por cuanto no se cumplió con el procedimiento previsto de Exclusión de Tutela Sindical, conforme lo exige la ley…”

Como el gobierno municipal del intendente Javier Murer resolvió no presentar el recurso de casación para tratar de revocar esa sentencia, se venció el plazo legal y quedó firme. Por eso, tuvo que reincorporar a Carvajal a la planta municipal. Ahora, el Tribunal resolverá si el municipio deberá abonarle 119.236.639 pesos.

 

 

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