La Justicia de Villa La Angostura resolvió que la Municipalidad deberá abonar 104.740.383,96 pesos al exdirector de Residuos Sólidos Urbanos, Gabriel Carvajal, quien había sido despedido en 2019 tras ser vinculado a un caso de irregularidades en la carga de combustible para maquinaria y vehículos municipales.
El fallo fue dictado por el juez de primera instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la localidad, Francisco Astoul Bonorino, quien homologó el acuerdo alcanzado entre las partes. El monto surge de los salarios caídos que Carvajal no percibió durante los años en los que estuvo apartado de su cargo, más los intereses acumulados.
Los detalles del fallo
El magistrado estableció que del total a pagar: $ 29.882.420,07 corresponden al capital en concepto de haberes no percibidos y $ 74.857.963,80 corresponden a intereses acumulados desde 2019.
La sentencia dispone que la Municipalidad deberá abonar el monto en un plazo de cinco días hábiles.
Cabe destacar que el abogado de Carvajal había reclamado inicialmente $119.236.639,45, cifra que fue impugnada por el Municipio. Finalmente, se acordó la suma aprobada por el juez, confirmaron fuentes oficiales a LA ANGOSTURA DIGITAL
El caso se remonta a 2018, cuando salió a la luz un escándalo por irregularidades en la carga de combustible. La denuncia surgió a partir de las alertas del propietario de la estación de servicio YPF Norte, lo que motivó una investigación penal y un sumario administrativo interno.
Como resultado de ese proceso, el entonces intendente Guillermo Caruso firmó el Decreto 802/19, que dispuso la exoneración de Carvajal en febrero de 2019, con dictamen de la JACAD (Junta de Administración y Control de la Actividad Disciplinaria).
En la causa penal, Carvajal accedió a una suspensión de juicio a prueba (probation), acordada con la fiscalía local.
El giro en la Justicia laboral
Tras su exoneración, Carvajal presentó una demanda contra el Municipio. En primera instancia, el juez Astoul Bonorino rechazó su planteo en marzo de 2024, argumentando que no había pruebas suficientes de persecución sindical ni de su condición como delegado gremial notificado formalmente.
Sin embargo, Carvajal apeló y la Sala I de la Cámara Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia, integrada por los jueces Nancy Vielma y Pablo Furlotti, revocó ese fallo en junio de 2024.
La Cámara reconoció que Carvajal se desempeñaba como delegado congresal de ATE y miembro de la Comisión Revisora de Cuentas de la seccional Neuquén Sur en el momento de su despido. Por lo tanto, consideró que su exoneración había sido irregular por no haberse solicitado previamente el levantamiento de su tutela sindical.
En consecuencia, ordenó a la Municipalidad reinstalar a Carvajal en su cargo o en otro equivalente y pagar los salarios caídos desde 2019 hasta su reincorporación, con intereses a tasa doble del Banco Provincia de Neuquén.
El Municipio, ya bajo la gestión de Javier Murer, optó por no apelar y acatar el fallo. Fuentes oficiales admitieron que una nueva impugnación podía derivar en un monto aún mayor.
La otra demanda: exoneración convalidada
Paralelamente, Carvajal había iniciado otra causa ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Zapala, donde buscaba la nulidad del sumario que lo expulsó del Municipio.
En 2022, el juez Matías Nicolini rechazó esa demanda, y en 2024 el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (TSJ) confirmó la validez del procedimiento administrativo que derivó en su exoneración.
El fallo del TSJ, dictado por los jueces Alfredo Elosú Larumbe y Evaldo Moya, ratificó que el proceso sumarial había respetado las garantías constitucionales y validó la sanción impuesta en su momento.
El caso Carvajal se transformó en un pasivo millonario para las arcas municipales, que la actual gestión debió afrontar sin posibilidad de revertir en instancias superiores.
El intendente Murer recibió el litigio como “herencia judicial” y, según fuentes cercanas al Ejecutivo, eligió no confrontar para evitar mayores perjuicios económicos.
En definitiva, el desenlace dejó en evidencia una paradoja: aunque la Justicia administrativa convalidó la exoneración, la Justicia laboral reconoció la protección sindical y ordenó la reinstalación, lo que derivó en una condena económica histórica para la Municipalidad de Villa La Angostura.



