Exconvencionales municipales piden a Murer vetar la ordenanza vinculada al predio del CEF y las escuelas

El pedido lo formularon este jueves al intendente. Advirtieron que esa ordenanza va en contra de lo que establece la Carta Orgánica, que prohíbe desafectar los Espacios Verdes en Villa La Angostura.

Un grupo de exconvencionales municipales, que redactaron la Carta Orgánica Municipal (COM) en 2009, pidieron al intendente, Javier Murer, que vete la ordenanza sancionada el lunes por el Concejo Deliberante, que desafectó el dominio público municipal del lote del predio Enrique Barbagelata, donde funciona el CEF 7, y lo afectó al dominio privado municipal. Solicitaron a Murer que vete la norma en uso de las facultades que le otorga la COM.

“En primer lugar es necesario considerar que se ha dispuesto desafectar un espacio verde, identificado como Lote 1 Manzana 13 Espacio Verde, denominado catastralmente 16-20-070-1994-000 de 39.145,52 metros cuadrados, ya que fue preciso “modificar el dominio público del mismo” a la categoría de reserva fiscal (dominio privado), lo cual implica una decisión que técnica y legalmente resulta contrario a lo dispuesto por una norma superior (Carta Orgánica Municipal)”, señalaron en la nota que presentaron este jueves ante el Ejecutivo y el Concejo Deliberante.

Qué dice la Carta Orgánica

en el documento al que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL advirtien que la COM “plantea que el uso público del espacio verde constituye un bien de dominio público municipal, y por tanto, es inalienable, imprescriptible e inembargable, siendo su protección una obligación indelegable de la administración pública”.

“Además resulta necesario considerar que se encuentra en elaboración un plan de desarrollo territorial que plantea una planificación indispensable frente a todo proyecto urbanístico”, recordaron los exconvencionales.

“Ratificamos que la infraestructura escolar, deportiva y cultural es importante para todos los vecinos, sin distinción, pero hacerlas entregando sin condiciones un espacio verde que pertenece a toda la sociedad, incumpliendo nuestra COM y sin haber planteado alternativas en otros inmuebles que la Provincia de Neuquén posee en el ejido municipal, resulta inexplicable”, afirmaron en la nota.

Indicaron que la ordenanza impugnada “dispone clara y evidentemente de manera contraria a las exigencias de nuestra COM, especialmente, en su Artículo 57, diciendo “La Municipalidad ejecuta políticas ambientales… Inc. 5) Instrumenta acciones con el fin de preservar e incrementar los espacios verdes, áreas forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas ecológicas, para la protección de la diversidad biológica”.

Inoportuna ordenanza

Recordaron que la COM establece en su artículo 95, inciso 48, como una de las atribuciones del Concejo Deliberante la de “autorizar, con el voto favorable de los dos tercios (2/3) del total de sus miembros, la desafectación de los bienes de dominio público municipal, excepto los espacios verdes que no pueden ser desafectados bajo ninguna circunstancia”.

“La inoportuna ordenanza es sancionada en un momento en que todos entendemos la necesidad de contar con edificios escolares adecuados”, observaron.

“Pero no haciéndolo de un momento a otro, sin debate real y con asesoramientos externos que nos imponen condiciones que afectan al  patrimonio municipal obligando a entregar a la Provincia de Neuquén un bien público irreemplazable y que cumple una función de pulmón verde dentro del ejido urbano, utilizado por todos y  que representa un lugar de esparcimiento necesario para el bienestar de la comunidad”, argumentaron los exconvencionales.

“Por ello, apelamos a su sentido de la responsabilidad, a que haga uso de sus legítimas facultades y decida pensando en preservar los bienes de dominio público, que pertenecen a todos los vecinos quienes confiamos que las cosas pueden hacerse bien, y que se busquen alternativas consensuadas para lograr construir escuelas en lotes de la provincia, todo ello en cumplimiento de la normativa vigente”, demandaron.

La nota la firmaron los convencionales constituyentes mandato cumplido María Elena Brinkmann, Miguel Raemdonck, Graciela Requena, Silvana Gordillo, Guillermo Hensel y Guillermo Savignone.

Profunda preocupación

En otra nota que le presentaron a Murer (que fue convencional constituyente municipal), con copia en el Concejo Deliberante, los exconvencionales expresaron su “profunda preocupación y de formular reclamo formal en defensa de la plena vigencia de la Carta Orgánica Municipal y, en particular, de la inalienabilidad de los espacios verdes públicos”.

“Dichos espacios constituyen bienes de dominio público de todos los vecinos y vecinas de la localidad, además de representar pulmones ambientales esenciales para el equilibrio ecológico y la calidad de vida urbana, indispensables en el futuro de nuestro pueblo”, argumentaron.

“Por tanto, cualquier intento de modificar su uso, destino o condición jurídica implicaría una violación directa a la Carta Orgánica Municipal, que es la norma suprema del ordenamiento local y expresión de la voluntad soberana del pueblo de Villa La Angostura”, mencionaron.

Antecedentes

Recordaron que un grupo de docentes jubiladas encabezadas por la profesora Julia Diez, participaron en el trabajo de generar conciencia en nuestra sociedad, “con el objeto de lograr la creación de una Escuela Técnica, resaltando los beneficios que redundarían en la formación de alumnos y alumnas para enfrentar los inicios de la etapa adulta. El pueblo y la sociedad toda acompañó esta solicitud”.

Destacaron que oportunamente “se envió a la Provincia la documentación necesaria y se determinó la ubicación de la Escuela en el edificio del viejo Hospital, hasta que se definiese su ubicación definitiva”. “Sin embargo esto no se cumplió, la escuela debió funcionar en aulas adaptadas y   en un edificio privado hasta el presente año, que es cuando se termina la adecuación del viejo edificio del Hospital y la escuela comienza a funcionar allí”, indicaron.

Dijeron que las gestiones en la Municipalidad continuaron avanzando y “se iniciaron las tareas para construir la escuela en un predio de 6.000 metros cuadrados en el lote 16-20-64-4983 al que se anexan, por Ordenanza 3105/2016 4.000 m2, sumando los 10.000 metros cuadrados requeridos para el mencionado destino. Nada de todo esto se concretó”.

Los espacios verdes son intangibles

“Las autoridades definieron la edificación de la Escuela Técnica en un Espacio Verde anexo a instalaciones deportivas fundamentales para el desarrollo de la niñez y de la adolescencia, incluso para la recreación y prácticas de adultos contrariando lo establecido por nuestra Carta Orgánica Municipal, respecto del uso y características de los Espacios Verdes, que son intangibles”, lamentaron.

“¿Es una justificación válida argumentar que no puede edificarse la Escuela Técnica en ese destino por el alto costo del tendido de los servicios?”, se preguntaron los exconvencionales.

“Respetar nuestra Carta Orgánica Municipal ¿puede derivar en la decisión gubernamental de no construir la Escuela Técnica para Villa La Angostura?”, plantearon.

“¿Qué sucederá en un futuro no muy lejano con los Espacios Verdes restantes de nuestra Villa ante el precedente de un “cambio de uso” del Espacio Verde en cuestión?”, cuestionaron.

Advirtieron que de este incumplimiento de la COM “son también responsables los concejales que aprobaron la ordenanza de cambio de uso de un Espacio Verde, en especial y, más grave aún, el quinto voto, por no verse obligada a la “obediencia debida” del espacio “oficialista”.

“Por lo expuesto, exhortamos al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante a que respeten y hagan respetar el mandato constitucional local, garantizando la preservación, intangibilidad y protección de los espacios verdes públicos, patrimonio ambiental y social de toda la comunidad”, pidieron Brinkmann, Raemdonck, Requena, Gordillo, Hensel y Savignone.

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