Así lo informó el intendente de Villa La Angostura en una nota que envió este miércoles a los exconvencionales municipales constituyentes y exconcejales del MPN Silvana Gordillo y Guillermo Hensel, que habían solicitado al jefe comunal que convoque a una Audiencia Pública para informar y evaluar la cesión de ese predio a la Provincia.
El debate por la cesión de un sector del lote donde funciona el CEF 7, el gimnasio Enrique Barbagelata y la cancha de fútbol en el barrio El Once de Villa La Angostura a la Provincia, que proyecta construir en ese espacio la Escuela 361 y la EPET 28, sigue abierto.
Ahora, el intendente de Villa La Angostura, Javier Murer, rechazó la solicitud que había hecho los exconvencionales municipales constituyentes y exconcejales del MPN Silvana Gordillo y Guillermo Hensel para que convoque a una Audiencia Pública para informar y evaluar la cesión de ese predio a la Provincia.
Así lo manifestó el intendente en una nota que envió este miércoles a Gordillo y Hensel, para notificarlos de su decisión, que se sustentó en un dictamen de la Asesoria Legal del municipio.
“Me dirijo ustedes en relación con la solicitud presentada con fecha 28 de octubre de 2025 mediante la cual requiere la convocatoria Audiencia Pública prevista en el artículo 303 de la Carta Orgánica Municipal, a fin de tratar cuestiones vinculadas al inmueble identificado como lote 1, manzana 13, espacio verde, nomenclatura catastral 16-20-070-1994-0000”, dice la nota de Murer.
“Al respecto y conforme surge del dictamen de la Asesoría Legal municipal, corresponde informar que no resulta procedente acceder a la convocatoria solicitada”, explica el intendente a Gordillo y Hensel, y cita las razones: “El pedido ha sido formulado de forma extemporánea toda vez que las ordenanzas 4275/2025 y 4289/2025, así como sus respectivos decretos promulgatorios, ya se encontraban sancionadas y vigentes al momento de la presentación”.
Indicó que “la Audiencia Pública prevista en el artículo 303 constituye un mecanismo de participación previo a la toma de decisiones, no siendo aplicable una vez concluido el proceso legislativo correspondiente”. Además, Murer argumentó que “la cuestión planteada se encuentra actualmente judicializada en el marco de los expedientes iniciados ante el fuero contencioso administrativo con sede en Zapala, motivo por el cual corresponde aguardar la resolución del Poder Judicial respecto de las medidas solicitadas por los actores”.
Gordillo y Hensel presentaron dos demandas en el juzgado contencioso administrativo de Zapala para dejar sin efecto las ordenanzas que avanzaron con el procedimiento de cesión del predio, porque advirtieron que se trata de un espacio verde y está protegido por la Carta Orgánica Municipal.
Los demandantes sostienen que las escuelas deberían construirse en un lote de la provincia o en otro lote del municipio, pero no afectar el predio donde funcionan las instalaciones deportivas en el barrio El Once.
Murer mencionó en la nota que “las ordenanzas cuestionadas constituyen normas de alcance general emanadas del Concejo Deliberante, y no corresponde al Departamento Ejecutivo convocar Audiencia Pública con el objeto de revisar o debatir acto legislativo ya emitidos y vigentes”.
“Por lo expuesto y siguiendo el criterio técnico establecido por Asesoría Legal se rechaza la solicitud de convocatoria de Audiencia Pública presentada por los firmantes”, concluye Murer.



