Así lo indicaron en un proyecto de resolución que votaron cinco de los siete concejales, que desestima un cambio en la fórmula para calcular los sueldos de los miembros de los órganos de control. La jueza de Faltas aclaró que no pidió aumento salarial.
Con el respaldo de cinco concejales, el Concejo Deliberante aprobó este miércoles un proyecto de resolución que rechazó la solicitud de una fórmula diferente o distinta a la determinada por la Carta Orgánica Municipal (COM) para el cálculo de las remuneraciones del juez o jueza de Faltas municipal; del secretario del Tribunal de Faltas y del defensor del Pueblo de Villa La Angostura.
Así lo indica el texto del proyecto que los concejales trataron en la sesión de este miércoles al mediodía. A favor del proyecto de rechazo al pedido de la jueza y secretaria del Tribunal de Faltas municipal y del defensor de Pueblo votaron los concejales del oficialismo Sebastián Raimondo y Noelía Figueroa y sus aliados Héctor Vénica (Juntos por el Cambio), Tomás Andrafe (Avanzar Neuquén) y María Eugenia Ceraso (Primero Angostura).
La concejal peronista María Eugenia Mesa, del bloque Amor por Angostura, se abstuvo y la concejal de Juntos por la Libertad, Lilia Vidal votó en contra del proyecto.
El proyecto al que accedió LA ANGOSTURA DIGITAL indica en sus considerandos que el 19 de marzo del 2024 entró una nota de la entonces jueza de Faltas, Patricia Eloff, que solicitó la modificación y actualización de las ordenanzas 1135/00 (Código de Faltas y 1136/00 (Reglamento para el Funcionamiento de la Justicia Municipal de Faltas).
Impacto en el presupuesto
Los concejales explicaron que las modificaciones propuestas por la exjueza de Faltas “impactarían en el presupuesto del Juzgado Municipal de Faltas ya que en el caso del prosecretario propone compensaciones adicionales por reemplazos y en el caso del Oficial de Justicia la percepción de horas extras por el recorrido de distancias mayores a diez cuadras”.
Recordaron que el año pasado, en otra oportunidad, desde el Concejo Deliberante reiteraron el pedido de respuesta a la Secretaría de Hacienda y Modernización sobre la propuesta de la entonces jueza de Faltas y su incidencia presupuestaria.
Detallaron que en el expediente consta la respuesta de la Secretaría de Hacienda y Modernización que expresó en ese momento que cualquier “modificación relacionada a las remuneraciones del personal del Tribunal de Faltas impactaría en el presupuesto de dicha entidad, ya que representa una mayor erogación presupuestaria”.
Los concejales mencionaron un memorándum interno 97/2024, respuesta de la Directora de Recursos Humanos donde analiza la propuesta de la exjueza de Faltas en el marco de los “adicionales” por responsabilidades propias de la función como ser Inspector, Vehículo a cargo, responsabilidad jerárquica etc.
“En cuanto al Oficial notificador el proyecto no aclara si será una persona que tendrá dedicación exclusiva a notificaciones, como tampoco se observa que haya estadísticas de cantidad de cédulas que se generan como para analizar el volumen de trabajo y en consecuencia ver si amerita designar un personal dedicado solamente a esa tarea”, señalaron los concejales.
Un reclamo vinculado con la COM
Citaron que en el mismo expediente figura la nota de la actual Jueza de Faltas Soledad Aldea y la Secretaria del Juzgado de Faltas de Villa La Angostura, donde plantean que el artículo 153 de la COM que determina la remuneración del Juez Municipal de Faltas y del Secretario del Juzgado de Faltas, “vulnera principios constitucionales” al imponer límites y equiparar puestos políticos como el del concejal con el de un juez o secretario de Faltas, que invoca otros fundamentos como “la jueza de faltas, se trata de un cargo al que se accede mediante un concurso público que garantiza la objetividad y el mérito profesional” que la situación se agrava por cuanto los integrantes del Tribunal de Faltas Municipal “no perciben antigüedad”.
En el proyecto de resolución, aseveraron que consta la nota del Bloque Primero Angostura por la que solicita se incorporen al expediente las cadenas de mail mantenidas con el área sueldos de la Municipalidad, de los cuales se desprende que tanto la Jueza de Faltas como la Secretaria del Juzgado de Faltas, perciben un adicional por bloqueo de título.
Al pedido se sumó el defensor del Pueblo
Los concejales destacaron que en el expediente figura la presentación de la jueza de Faltas y del defensor del Pueblo Sebastián Baltanás proponiendo un proyecto de ordenanza respecto al régimen remunerativo de órganos de control y justicia municipal de Faltas.
Indicaron que en sus considerandos “exponen que el acceso a dichos cargos se realiza mediante concurso público, que tienen una dedicación exclusiva obligatoria, que en el caso de los presentantes se estaría afectando el principio de equidad y no discriminación salarial, se estaría desconociendo el principio de independencia funcional, que la remuneración fijada como tope por la COM para el Defensor y para el Juez de Faltas no respeta el principio de dedicación exclusiva”.
Los concejales consignaron que en el expediente del proyecto de resolución hay una la nota de la jueza de Faltas a la Junta de Admisión, Calificación, Ascensos y Disciplina (Jacad) en la que solicita “la incorporación de un nuevo agente municipal para el tribunal, en dicha presentación requiere que el concurso sea abierto y además hace mención a que el sector cuenta con uno de los sueldos más bajos del municipio”.
En los considerandos del proyecto, que se trató este miércoles en el Concejo, los concejales advirtieron que “habiéndose analizado en comisión las presentaciones tanto de la jueza de Faltas, como de la secretaria del Juzgado de Faltas y del defensor del Pueblo, surge que la primogénita pretensión de modificación y actualización de las ordenanzas 1135/00 (Código de Faltas) y N° 1136/00 (Reglamento para el funcionamiento de la Justicia Municipal de Faltas) ha mutado a un reclamo de recomposición salarial a la cual se ha incorporado el reciente designado defensor del Pueblo”.
Las condiciones eran claras en el concurso
Plantearon que “le asiste razón a los presentantes en cuanto a que para acceder al cargo de Juez de Faltas como al cargo de Defensor del Pueblo es necesario un concurso público, pero no resulta menos cierto que la COM en su artículo 153 Remuneraciones determina que la remuneración del Juez de Faltas la cual no puede superar la del presidente del Concejo Deliberante y en su siguiente párrafo determina la remuneración del Secretario diciendo que es equivalente a la del cargo de concejal”.
“Y respecto al Defensor del Pueblo, el artículo 266 establece que la Remuneración será equivalente al ochenta por ciento del básico del viceintendente con más los adicionales generales que correspondieren, con excepción de título y antigüedad acreditada en funciones anteriores”, enfatizaron los concejales.
Argumentaron que “la expresa legislación de la COM en cuanto a las remuneraciones tanto de los integrantes del Tribunal de Faltas como el Defensor del Pueblo resulta un valladar sustancial al momento de considerar cualquier tipo de pretensión como la que dichos agentes argumentan”.
Advirtieron que “tanto la señora Jueza de Faltas, la Secretaria y el Defensor del Pueblo al momento de participar voluntariamente del concurso convocado a los fines de cubrir dichos puestos estaban en pleno conocimiento de las disposiciones de la COM como así también del alcance de dicha norma cimera de nuestro Municipio” y concluyeron que “de ninguna manera se puede considerar los argumentos que se exponen como sustento a obtener una mejora remunerativa y/o salarial máxime cuando participaron voluntariamente de un concurso público en pleno conocimiento del marco de convocatoria como de lo dispuesto por nuestra COM respecto a las remuneraciones del Juez de Faltas, Secretario y Defensor del Pueblo respectivamente”, aclararon en el proyecto.
La posición de la jueza de Faltas
LA ANGOSTURA DIGITAL consultó a la jueza de Faltas sobre el proyecto aprobado en el Concejo que rechaza su pedido, el de la secretaria del Juzgado de Faltas y del defensor del Pueblo.
“El expediente que ellos (por los concejales) mencionan no es de aumento salarial si no el de reglamento interno, no entiendo muy bien que discutieron hoy”, respondió Soledad Aldea.
Aclaró que “aumento salarial no pedí, por eso no entiendo”.”Lo que pedí fue, como ya te explique, que reconozcan la exclusividad y antigüedad, que ya estaba reconocida por Carta Orgánica. Pero en ese expediente se plateaba el reglamento interno del tribunal así que no sé”, sostuvo Aldea.



