Comunicado
Con motivo de la defensa del Espacio Verde del Once (predio Cef 7), informamos a través de Ud a los vecinos que se encuentra vigente el plazo para formular oposición en el marco de la Resolución Doble Lectura Nro. 02/2025.
Esta resolución fue dispuesta el pasado 18 de diciembre de 2025, hay un plazo de 30 días corridos, lo cual además de ser un plazo breve, pasa inadvertido al estar en periodo de vacaciones, fiestas de fin de año, trabajos en la temporada, etc.
Por lo que resulta muy necesario e importante ejercer el derecho a oponernos a la CESION DE UN ESPACIO VERDE A LA PROVINCIA DE NQN, quien corresponde construya las escuelas en lotes de su propiedad.
Hay muchos argumentos y motivos, proponemos algunos, solicitamos a cada ciudadano (vecino o visitante) de la localidad, que exprese su parecer sobre este tema, ya que se trata de un espacio verde irremplazable, usado por todos y parte de nuestra idiosincrasia como sociedad.
Agregamos un archivo, que va a estar a disposición de quien lo desee imprimir, firmar o presentar en forma individual, grupal y/o a través de los vecinos autoconvocados por la Defensa del Predio del Cef de Barrio El Once.
Cada uno puede hacer la diferencia y defender un espacio que nos pertenece!!
¡¡Muchas gracias!!
- Va a estar disponible en Fábrica de Calcos, en Punto Chocolate, en Librería GyG y Librería Dulcinea.
_______________________________
Villa La Angostura…….. de Enero/Febrero 2026.
Municipalidad de Villa La Angostura.
Sr Presidente del Concejo Deliberante
MOTIVO Ref. Expte Nro. 244-I-2025.
Formular oposición conforme plazo dispuesto por Resolución Doble Lectura Nro. 02/2025.
I.- Por la presente, en carácter de vecino/a de la localidad, me presento a los fines de formular oposición atenta a que la Ordenanza Nro 4275/2025 dispuso ampliar el uso del lote NC 26-20-070-1994-0000 a los fines de la implantación de las Escuelas Nro 361 y EPET Nro 28. Luego se dispuso mediante Ordenanza Nro 4289/2025 modificar la afectación del lote indicado y posteriormente mediante la mencionada Resolución de Doble Lectura Nro 02/2025 se dispone autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir la escritura traslativa de dominio a favor de la Provincia de Neuquén.
II.- Los fundamentos de mi oposición son los siguientes:
- Se trata de un ESPACIO VERDE intangible y ha sido desafectado por ordenanza, lo cual está prohibido por Carta Orgánica Municipal.
- Se trata de un ESPACIOI VERDE intervenido pero que conserva su uso, finalidad e importancia como pulmón verde dentro de la zona céntrica, vital, irreemplazable y necesario para uso de vecinos y turistas, además de diversas actividades deportivas que allí se realizan.
- Incumplir la Carta Orgánica Municipal y Ordenanzas vigentes (entre ellos Código Urbanistico), por parte de las autoridades es un atropello a la ciudadanía, ratificando que estoy a favor de construir las escuelas pero en un lote que pertenezca a la provincia de Neuquén.
- Pretender ceder esta valiosa tierra que nos pertenece a todos afecta a los derechos de todos y a las futuras generaciones.
- Es necesario también, realizar una verdadera planificación, que considere aspectos urbanísticos, de infraestructura y accesibilidad, y respetar las ordenanzas vigentes, existiendo lotes cedidos previamente a estos mismos fines, lo cual no ha sido tenido en cuenta hasta ahora.
- Otro: ………………………………………………………………………………………………………………………
Saludo atentamente, solicitando sea tenida en cuenta la oposición formulada.
Nombre:…………………………………………………………………………………………………
DNI……………………………………………………………………………………………………..
Firma: …………………………………………………………………………………………………



