Vecinos del barrio Puerto Manzano formalizaron una denuncia por ruidos molestos y presuntas irregularidades urbanísticas contra un establecimiento que funciona bajo el nombre de “El Rancho”, al que señalan como un salón de fiestas que habría sido habilitado como Salón de Usos Múltiples (SUM).
La presentación fue respaldada por la firma de casi treinta propietarios y residentes de la zona, quienes elevaron notas al intendente, a la Defensoría del Pueblo, al Concejo Deliberante, a la Dirección de Obras Particulares y Planeamiento Ambiental, y también al presidente de la Junta Vecinal de Manzano, Luis González.
Según indicaron, uno de los pasos más productivos fue la consulta con la abogada Silvana Gordillo, presidenta de la Junta Vecinal del barrio Once, quien les recomendó realizar una denuncia formal ante el Juzgado de Faltas, instancia que permitiría librar pedidos de informes a las distintas áreas municipales para esclarecer la situación administrativa y legal del emprendimiento. Además, por sugerencia de la letrada, los vecinos solicitaron en el área de Obras el expediente presentado por los propietarios del lugar, donde —según afirman— la construcción figura como un SUM y no como salón de eventos.
El hecho que motivó la denuncia
En la nota presentada, los vecinos detallan que el pasado 7 de febrero, desde las 21 horas y hasta aproximadamente las 4 de la madrugada del día siguiente, el establecimiento realizó un evento con música a alto volumen, gritos y circulación constante de personas y vehículos en horarios nocturnos.
Sostienen que esta actividad afectó de manera directa el derecho al descanso, la salud y la convivencia pacífica, y que vulnera la normativa municipal sobre ruidos molestos y las condiciones propias de una zona residencial de baja densidad.
Cuestionamientos al uso del suelo
Puerto Manzano se encuentra regulado por el Código de Planeamiento Ambiental Urbano (Ordenanza 2659/12), que fija indicadores urbanísticos estrictos para preservar el bosque y el carácter residencial del sector.
En ese marco, los firmantes consideran que un salón de fiestas —actividad comercial de alto impacto— sería incompatible con los usos permitidos en la zonificación vigente. Por ello solicitaron que se verifique:
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Si el uso comercial es admisible en la zona correspondiente.
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Si la construcción respeta los parámetros de FOS, FOT, altura máxima, retiros obligatorios y ocupación del suelo.
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Si se cumplieron los procedimientos de evaluación de impacto ambiental.
En la presentación explican que el FOS (Factor de Ocupación del Suelo) determina el porcentaje del lote que puede ocuparse en planta baja, mientras que el FOT (Factor de Ocupación Total) establece la superficie máxima edificable sumando todas las plantas. En Puerto Manzano, estos indicadores son bajos para evitar construcciones masivas y preservar el entorno natural.
También señalan que la altura permitida en la zona es reducida para mantener la armonía paisajística y que, según su percepción, la construcción habría obstruido parcialmente la vista al Cerro O’Connor y reducido el asoleamiento de propiedades linderas.
Respecto de los retiros —las distancias obligatorias entre la edificación y los límites del lote— sostienen contar con imágenes que evidenciarían incumplimientos tanto durante la obra como en la actualidad, con presencia de contenedores, obrador, residuos y materiales apoyados sobre los límites.
Sospecha de falta de habilitaciones
Los vecinos manifestaron desconocer si el establecimiento cuenta con habilitación comercial vigente, si tiene certificación de aptitud ambiental, además de autorización de uso conforme y aprobación de planos y final de obra.
Por ese motivo solicitaron que se informe bajo qué categoría fue aprobada la construcción, qué autoridad otorgó las habilitaciones correspondientes y, en caso de no existir, que se proceda conforme a la normativa vigente.
Impacto ambiental y urbano
En la denuncia también se advierte sobre el impacto que genera la actividad en el barrio, entre ellos el incremento del tránsito vehicular en calles residenciales, la acumulación de residuos, la alteración del entorno natural característico de Puerto Manzano y el riesgo de afectación del bosque nativo y de la fauna local.
Los firmantes sostienen que estas situaciones contravienen los principios de protección ambiental establecidos en la Ley Nacional 25.675 (Ley General del Ambiente), la Ley Nacional 26.331 (Protección de Bosques Nativos), la Ley Provincial 2780 y las ordenanzas municipales vigentes.
Pedido de intervención urgente
Finalmente, los vecinos solicitaron una inspección inmediata del establecimiento por parte de Obras Particulares, Planeamiento Ambiental y Comercio, la verificación de habilitaciones, uso conforme y cumplimiento del Código de Planeamiento Ambiental Urbano, una evaluación del impacto ambiental y sonoro generado por la actividad, la aplicación de medidas correctivas, incluida la clausura preventiva si correspondiera, además de un informe escrito sobre las actuaciones realizadas.
“Confiamos en que las autoridades municipales actuarán con celeridad para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y la protección del ambiente, la convivencia y la calidad de vida de los vecinos del barrio Puerto Manzano”, expresaron en el escrito.
Aclararon además que su objetivo “no es confrontar”, sino defender el derecho a vivir en un barrio seguro, tranquilo y respetuoso del entorno natural, tal como lo establece la normativa vigente.



