Rechazan el pedido de excepción para un polémico tinglado en barrio El Once y deberán demolerlo

El intendente de Villa La Angostura, Javier Murer, firmó el Decreto N° 576/2026 mediante el cual el Ejecutivo municipal rechazó el pedido presentado por el vecino Gustavo Cavallaro para suspender la orden de desmontar una estructura metálica levantada sin autorización en el barrio El Once. La medida también fue refrendada por la secretaria de Planeamiento, Ambiente y Obras Públicas, la arquitecta Andrea Aldea.

La decisión se formalizó tras analizar el expediente administrativo N° 43 Letra I Año 2026, caratulado “Solicitud de suspensión de ejecutar la sanción – Expte. N° 587/25 T.M.F. Cavallaro Gustavo”. En ese trámite, el propietario solicitó al intendente que suspendiera la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Municipal de Faltas de Villa La Angostura, que ordenó desmontar el tinglado instalado en un inmueble ubicado en calle Cerro Inacayal 454.

Según surge de la documentación oficial, Cavallaro argumentó que el tribunal no le otorgó el plazo contemplado en el artículo 3.21 de la Ordenanza N° 1415 (Código de Edificación) para adecuar la obra a la normativa vigente. Además, sostuvo que había iniciado gestiones ante el Concejo Deliberante para solicitar una excepción que le permita habilitar en el lugar un complejo deportivo techado.

Sin embargo, el Ejecutivo municipal concluyó que ese argumento no resulta aplicable en este caso. De acuerdo con el decreto, la orden de desmontar la estructura metálica no fue dispuesta por el Departamento Ejecutivo sino por el Tribunal de Faltas, en el marco de un expediente ya concluido. La resolución condenatoria —la N° 482/25, dictada el 23 de diciembre de 2025— impuso a Cavallaro y a la co-propietaria del inmueble, Gloria Daniela Souto Barros, una multa por haber iniciado una obra sin permiso ni planos aprobados y sin contar con un responsable técnico, además de ordenar el retiro de la estructura metálica que se estaba montando en el lugar.

El fallo del Tribunal se encuentra firme y consentido por los propietarios, según informó la Secretaría del organismo contravencional, lo que significa que ya no admite revisión administrativa.

En el decreto también se recuerda que, según la Carta Orgánica municipal, la Justicia de Faltas constituye uno de los tres estamentos del gobierno local y ejerce el poder de policía municipal en materia contravencional. Por esa razón, sus resoluciones no pueden ser revisadas ni por el Departamento Ejecutivo ni por el Concejo Deliberante.

En este marco, el intendente Murer resolvió rechazar formalmente el pedido de suspensión del desmonte de la estructura metálica y ratificar la obligación de cumplir la sentencia dictada por el Tribunal de Faltas.

La resolución dispone además notificar al interesado y archivar las actuaciones una vez cumplidas las formalidades administrativas correspondientes.

El caso del tinglado generó polémica entre vecinos del barrio El Once, ya que la estructura —de grandes dimensiones— comenzó a levantarse sin permisos municipales ni aprobación técnica, lo que derivó en la intervención de la Justicia de Faltas y en la posterior orden de desmontaje.

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