Municipales víctimas de violencia de género podrán acceder a licencias especiales

La ordenanza fue aprobada por el Concejo Deliberante y podrán solicitarla personal de planta permanente y temporaria de la Municipalidad de Villa La Angostura, con la denuncia judicial o acreditación de intervención de organismos competentes en la materia. Todo será confidencial.

El Concejo Deliberante de Villa La Angostura sancionó un proyecto de ordenanza que crea la licencia por violencia por motivos de género con goce íntegro de haberes.

Ese beneficio previsto en la ordenanza se aplicará al personal municipal comprendido en el régimen de empleo público establecido por estatuto del empleado municipal, correspondiente a la planta permanente y planta temporaria del municipio.

La normativa a la que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL  designa a la Secretaría de Gobierno o al área que el Departamento Ejecutivo determine como autoridad de aplicación. Será la que dictará las normas complementarias necesarias para su implementación.

“La licencia por violencia por motivos de género tendrá carácter especial y extraordinario, destinada a acompañar la ruta crítica descrita en los considerandos, con goce íntegro de haberes, y no podrá ser compensada ni descontada de otras licencias previstas en el régimen laboral vigente”, indica la norma.

Prevé que la solicitud de licencia se podrá realizarse “por cualquier medio fehaciente ante la Dirección de Recursos Humanos o el área competente, garantizándose confidencialidad absoluta, trato respetuoso y libre de revictimización, protección de datos personales conforme normativa vigente.

Requisitos

La persona solicitante contará con un plazo de cinco días hábiles para acompañar constancia de denuncia judicial o acreditación de intervención de organismos competentes en la materia, establece la norma.

Determina que el otorgamiento y plazo de la licencia será determinado en función de por lo menos, una de las siguientes opciones: a) informe del profesional médico tratante y médico laboral, b) intervención de autoridad judicial competente, c) informes de organismos especializados en violencia por motivos de género, con el aval de los profesionales que integran sus equipos técnicos.

La ordenanza sancionada ordena que “la licencia podrá otorgarse en forma continua o discontinua por un plazo de hasta 15 días hábiles, y será prorrogable por un máximo de tres meses, mientras subsistan las causas que la originaron y esto se encuentre debidamente certificado”.

Aclara que el uso de la licencia no afectará “la estabilidad laboral, la remuneración, los derechos a ascensos, recategorizaciones o concursos, las evaluaciones de desempeño, no pudiendo ser considerada inasistencia injustificada.

“Queda prohibida cualquier forma de discriminación directa o indirecta derivada de su utilización”, afirma la norma.

Indica que el Departamento Ejecutivo, a través del área competente y en articulación con la Dirección de Recursos Humanos “podrá evaluar, a solicitud de la persona, medidas laborales transitorias tales como cambio de dependencia, adecuación de tareas o modificación de horarios”.

“Toda documentación vinculada a la presente licencia será considerada información sensible y deberá tramitar mediante mecanismos que garanticen su reserva, con acceso restringido”, advierte la ordenanza, y faculta al Ejecutivo a reglamentarla estableciendo procedimientos administrativos, circuitos de intervención y mecanismos de control.

 Los fundamentos de la ordenanza

 En los considerandos del proyecto de ordenanza sancionado, los concejales explicaron que el artículo 8 de la Ley Provincial 3288 invita a los municipios de primera categoría a adherir a la misma.

“Resulta prioritario garantizar en el ámbito municipal la protección integral de las personas que atraviesen situaciones de violencia por motivos de género, resguardando su integridad física, psíquica y económica”, argumentaron.

Dijeron que el Municipio de Villa La Angostura “debe promover políticas públicas con perspectiva de género en consonancia con la normativa provincial y nacional vigente”.

Argumentaron en los considerandos que la Comisión del Protocolo Guadalupe “ha detectado la necesidad de establecer mecanismos claros, accesibles y confidenciales para el otorgamiento de licencias en estos casos”.

Destacaron que la licencia por violencia por motivos de género “debe revestir carácter especial, extraordinario, con goce íntegro de haberes, sin afectar derechos laborales ni ser compensable con otras licencias”.

“El objetivo es acompañar la ruta crítica definida según la Ley 2785 como el proceso que recorren las personas que toman la decisión de salir de la situación de violencia o denuncian y llegan a esas instancias enfrentando sus miedos, amenazas externas, y sentimientos de vergüenza y culpa”, fundamentaron.

Señalaron en los considerandos del proyecto que corresponde “establecer criterios claros de implementación que aseguren tanto la protección de las personas afectadas como la adecuada administración del recurso humano municipal”.

 

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