El intendente prevé vetar algunos artículos de la norma, sancionada el 29 de junio pasado, porque entiende que el Concejo Deliberante se extralimitó en sus funciones e invadió atribuciones que pertenecen al Ejecutivo.
El 29 de junio último, el Concejo Deliberante de Villa La Angostura sancionó una ordenanza que puso la lupa sobre las contrataciones que hace el Gobierno municipal.
Esa norma sancionada por mayoría establece que todo procedimiento de contratación realizado por partes, etapas o segmentos “debe contar, previo a su adjudicación, con dictamen vinculante de al menos dos tercios de los integrantes del Concejo Deliberante”.
Además, insta al Departamento Ejecutivo Municipal “a informar con la debida antelación aquellos casos específicos donde concurran los siguientes elementos: una actividad de ejecución anual, un objeto contractual único y una debida justificación por parte del área requirente, para que se pueda proceder a verificar que no hay intención de desdoblamiento según artículo 8 de la ordenanza N° 4274/2025”.
Fuentes oficiales informaron a LA ANGOSTUTRA DIGITAL que el intendente, Javier Murer tiene previsto vetar parcialmente la ordenanza, a partir de un dictamen legal que elaboró el área de Legales del municipio.
Según las fuentes, el motivo del veto parcial se fundamenta supuestamente en que el Concejo Deliberante se extralimitó en su función legislativa al invadir atribuciones que corresponden en forma exclusiva al Ejecutivo, y señalaron que Murer pretende vetar algunos artículos de la ordenanza referidos a esa extralimitación por parte del Concejo Deliberante.
Si el intendente veta, finalmente, parte de la ordenanza deberá enviar el veto al Concejo Deliberante, donde los concejales pueden aceptar o rechazarlo e insistir con la ordenanza tal como fue sancionada a finales de junio pasado con los dos tercios de los votos.
El Concejo está integrado por siete concejales. Es decir, que cinco concejales representan los dos tercios.
La lupa sobre la modalidad de las contrataciones
La ordenanza objetada por el Ejecutivo es la que pone el control legislativo sobre la intención de desdoblamiento o fraccionamiento de las contrataciones.
El desdoblamiento se define “como aquella práctica de adquisición de bienes o contratación de servicios que buscando eludir los montos máximos establecidos” por la ordenanza 4274/2025.
En la normativa vigente se advierte que el desdoblamiento “de manera artificiosa deshace la unidad natural del objeto contractual, y/o fracciona la compra o contratación de una familia del mismo bien o servicio, de igual descripción y características técnicas, en varios procedimientos de adquisición o contratación a o con la misma persona física o jurídica, generalmente a través de compras o contrataciones consecutivas”.
Los concejales que apoyaron la sanción de esa norma argumentaron que el Gobierno municipal omitió la obligación de reporte y control legislativo que prevé la ordenanza 2474/2025. Esa ordenanza del 2025 prevé que “todo procedimiento de contratación realizado por partes, etapas o segmentos deberá contar, previa adjudicación, con dictamen vinculante de al menos los dos tercios de los integrantes del Concejo Deliberante, que acredite la inexistencia de intención de desdoblamiento”.
“La omisión de esta instancia invalidará automáticamente el procedimiento en curso y deberá ser comunicado a la Auditoría Municipal y a la ciudadanía a través de una publicación oficial”, establece la ordenanza 2474/2025.
Mientras que ordenanza sancionada el 29 de junio pasado, insta al Ejecutivo Municipal “a realizar los correspondientes concursos de antecedentes y oposición para lo sucesivo en el marco del tipo de tareas tipificadas en la presente ordenanza, con publicación y elección de los candidatos más idóneos previo a la siguiente contratación, por analogía con el Estatuto Municipal, de manera de promover la rotación y competencia y eventualmente, justificar la continuidad de la contratación para un mismo agente cuando sea estrictamente necesaria”.
Unos 60 contratos evaluados
En la ordenanza, el Concejo Deliberante verificó que no hay intención de desdoblamiento en unos 60 contratos suscritos por el Ejecutivo municipal y que están vigentes.
En ese grupo hay contratados en el área de Desarrollo Humano, operadores sociales, arquitectos, psicólogos, abogados, talleristas del Centro Educativo Terapéutico, entre otros profesionales.
Los concejales analizaron y avalaron las contrataciones de las horas y cargos que tienen los profesores del programa de la Orquesta Escuela Municipal. También, la ordenanza autorizó la contratación de los abogados Adolfo Burgenik y Edgar Bertero, “en su carácter de Asesores Legales del Municipio hasta el mes de diciembre de 2026 inclusive, dada la necesidad y especificidad de las labores que desempeñan”. “Se insta al Ejecutivo Municipal a realizar un concurso de servicios profesionales antes del mes de diciembre de 2026 para garantizar la continuidad de las tareas”, ordenaron los concejales.



