Murer pide a los concejales darle “tratamiento urgente” a un proyecto para una obra clave

El intendente invocó el artículo 105 de la Carta Orgánica Municipal de Villa La Angostura para que el Concejo Deliberante trate en 15 días corridos la iniciativa que autoriza la cesión en comodato por 99 años de un lote municipal, para que la Provincia construya un centro deportivo comunitario.

El intendente de Villa La Angostura, Javier Murer, pidió al Concejo Deliberante darle trámite de urgencia al proyecto de ordenanza, que envió la semana pasada para autorizar de manera excepcional al Ejecutivo a firmar un comodato durante 99 años gratis con la Provincia, para cederle una fracción de terreno donde se construirá el centro deportivo comunitario.

De acuerdo a la documentación a la que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL, la Provincia proyecta construir ese edificio en un lote de 3.220 metros cuadrados, ubicado en las inmediaciones del gimnasio Adrián Mercado.

El proyecto de ordenanza que el Ejecutivo municipal envió al Concejo prevé exceptuar para este caso la aplicación de la limitación prevista en el inciso 7 del artículo primero de la ordenanza 3459/2018, que reglamenta el artículo 188 de la Carta Orgánica Municipal (COM) referido a los comodatos.

El artículo primero de la ordenanza 3459/2018 establece los requisitos para la adjudicación de inmuebles municipales a instituciones, juntas vecinales, asociaciones civiles, entes gubernamentales municipales, provinciales, nacionales o extranjeros.

Y el inciso siete ordena que el comodato “deberá tener un tiempo determinado de contrato el que se fijará según su finalidad o las mejoras que se hagan, no pudiendo superar los diez años, pudiendo prorrogarse una vez vencido dicho plazo por el Departamento Ejecutivo Municipal por igual período”.

Por eso, el proyecto de ordenanza que el Ejecutivo elevó a los concejales contempla una excepción para autorizar al intendente a firmar el comodato con la Provincia por 99 años para que disponga de esa fracción de manera gratuita.

El planteo a los concejales

En una nota que Murer envió el 24 de julio último a los concejales, junto con el proyecto de ordenanza, solicitó que la iniciativa “sea tratada conforme el procedimiento de trámite de urgencia previsto en el artículo 105 de la COM”.

Ese artículo invocado por Murer establece que el Departamento Ejecutivo “puede enviar al Concejo Deliberante para su tratamiento, dentro de cualquier período de sesiones, proyectos de ordenanza con pedido de trámite de urgencia, los que debe ser evaluados para su aprobación o rechazo entre los 15 días corridos, contados a partir de la recepción en el cuerpo”.

“La presente solicitud se fundamenta en que la Provincia del Neuquén ha incorporado a Villa La Angostura al presupuesto provincial 2026 para la ejecución de un centro deportivo comunitario, constituyendo el otorgamiento del comodato un requisito indispensable para que pueda avanzarse con los estudios técnicos, la elaboración del proyecto ejecutivo, la documentación licitatoria y el correspondiente proceso de contratación de la obra”, explicó el jefe comunal.

Planteó que en ese contexto “la demora en la sanción de la presente ordenanza podría impedir el cumplimiento de los plazos administrativos y presupuestarios previstos para la ejecución de la inversión durante el ejercicio 2026, generando un riesgo cierto de postergación o incluso de pérdida de la oportunidad de concretar una obra pública de carácter estratégico para Villa La Angostura”.

Fundamentos de la urgencia

Murer sostuvo que “la urgencia del tratamiento solicitado no responde únicamente a la relevancia institucional de proyecto, sino a la necesidad de preservar una inversión íntegramente financiada por el Gobierno de la Provincia de Neuquén, cuyo impacto beneficiará de manera permanente a toda la comunidad mediante la ampliación de la infraestructura deportiva, recreativa, educativa y social de la localidad”.

“Por todo lo expuesto, y en resguardo del interés público comprometido, solicito a ese Concejo Deliberante otorgar al presente proyecto de tratamiento previsto en el artículo 105 de la Carta Orgánica Municipal”, requirió Murer en la nota dirigida al presidente del Concejo, el oficialista Sebastián Raimondo.

Una excepción clave

El proyecto de ordenanza prevé exceptuar, exclusivamente para el presente caso, la aplicación de la limitación prevista en el inciso 7 del artículo primero de la ordenanza 3459/2018.

El artículo segundo de la iniciativa “autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar con la Provincia del Neuquén un contrato de comodato por el plazo de 99 años, respecto de la fracción de terreno identificada en el anexo 1 de la presente como polígono delimitado por los puntos A-B-C-D-E, con una superficie de 3.220 metros cuadrados, perteneciente al inmueble identificado catastralmente como 16-20-062-1535, con destino exclusivo la construcción, funcionamiento, administración y mantenimiento de un centro deportivo comunitario”.

Según el proyecto, el edificio tendrá una superficie cubierta estimada de 1.800 metros cuadrados.

El proyecto establece que la fracción cedida en comodato deberá destinarse exclusivamente el funcionamiento del centro deportivo comunitario y demás actividades deportivas como recreativas, educativas y sociales vinculadas al objeto del presente comunal.

Determina que “el incumplimiento del destino previsto o el abandono definitivo de la fracción cedida producirá la resolución (sic) del comodato, con reversión inmediata del inmueble y de todas las mejoras incorporadas al patrimonio municipal”.

El proyecto de ordenanza autorizas al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación necesaria para la instrumentación del comodato.

Los fondos

En la información complementaria que Murer envió a los concejales, junto al proyecto de ordenanza, figura el contrato de comodato. También, una nota que la Secretaría de Obras Públicas de la provincia envió el 19 de mayo pasado al intendente, con el pedido de un terreno apto para construir el centro deportivo comunitario en Villa La Angostura.

En esa nota, la Secretaría de Obras Públicas indica las condiciones que debe tener el terreno, como por ejemplo, contar con los servicios de agua, cloacas, energía eléctrica y gas natural.

Pero no hay ningún dato sobre los fondos destinados a esa obra por parte de la Provincia.

LA ANGOSTURA DIGITAL observó el Plan de Obras previsto en el presupuesto provincial 2026. Allí, figura en la partida Deportes y Recreación una partida de 400 millones de pesos. En la planilla solo dice “SAF -Villa la Angostura 400 millones de pesos”, sin dar más detalles.

 

 

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