Son varias las causas con sentencia firme que condenaron a comunidades mapuches a restituir lotes ocupados en Villa La Angostura

Juzgado Multifueros de Villa la Angostura.

Esta semana se ejecutó el primer desalojo de manera parcial de miembros de la comunidad Quintriqueo de un campo que la justicia provincial ordenó devolver a su propietaria. Pero no es el único caso. Hay otros fallos que ya quedaron firmes y que ordenan el mismo procedimiento.

 

La demanda civil que promovió hace más de una década María Cristina Broers para recuperar el lote pastoril, ubicado a unos 35 kilómetros de Villa La Angostura, tras la ocupación por parte de integrantes de las comunidades mapuches Melo y Quintriqueo, que despojaron a finales de 2011 de la posesión del campo a la demandante, no es la única que tiene sentencia firme con orden de desalojo.

El miércoles, la Policía de Neuquén ejecutó parcialmente el desalojo de un sector del campo que la justicia ordenó restituir a Broers. Fuentes judiciales recordaron que la primera orden con el mandamiento de ejecución de la sentencia, que ordenó devolver el campo a la titular dominial, la dictó el entonces juez civil de Junín de los Andes Andrés Luchino el 14 de diciembre del 2016.

La sentencia se pudo ejecutar a medias, porque el juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Villa La Angostura, Francisco Astoul Bonorino, resolvió suspender el desalojo del otro sector del campo, donde estaban asentados miembros de las comunidades Melo y Quintriqueo, porque no estaban garantizadas las condiciones para llevar adelante esa medida judicial.
En la misma situación que la causa de Broers están otras demandas civiles que se tramitaron durante años y algunas ya tienen sentencia firme.

Un contexto político diferente

Todas se promovieron en la década pasada a partir de las ocupaciones que las comunidades mapuches Paicil Antriao, Melo y Quintriqueo hicieron en varios lotes de Villa La Angostura y los alrededores. Esas ocupaciones las llamaron recuperaciones de territorio mapuche.
Así ocurrió con el camping del lago Correntoso, con un lote contiguo a Puerto Elma, con el lote del basquetbolista Emanuel Ginóbili, con el lote donde estaba la hostería La Posada y el campo de Broers.

Eran otros tiempos políticos. A nivel nacional gobernaba el kirchnerismo (Néstor Kirchner y Cristina Fernández), estaba vigente la ley 26160 de comunidades indígenas sancionada en noviembre de 2006. Esa norma se prorrogó durante casi 16 años hasta que el presidente Javier Milei la derogó.

La causa que la Municipalidad de Villa La Angostura promovió en 2012 para recuperar el camping del lago Correntoso tras la ocupación de la comunidad Paichil Antriao ya tiene sentencia firme.

Días atrás, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la queja que el abogado Virgilio Sánchez, apoderado legal de la comunidad mapuche Paicil Antriao había presentado en forma directa por la denegación por parte del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén del recurso extraordinario presentado por los demandados.

En consecuencia, quedó firme la sentencia del exjuez civil de primera instancia Luchino, que condenó el 11 de diciembre de 2019 a la Lof Paicil Antriao a restituir el camping Correntoso a la Municipalidad de Villa La Angostura.

La Corte Suprema no atendió las quejas

La Corte Suprema tampoco trató la queja que Sánchez interpuso en forma directa en su intento por revocar una sentencia que condenó a la comunidad Paicil Antriao a devolver un lote lindero a Puerto Elma.

Al rechazar la queja y no haber otra instancia judicial para recurrir, quedó firme el fallo del TSJ que convalidó la sentencia del entonces juez Luchino que condenó en 2016 a la comunidad Paicil Antriao a devolver ese lote a Ana María Bianchedi de Terzolo y Andrés Mattana.

Bianchedi de Terzolo promovió la demanda civil en 2013, para recuperar el lote del que había sido despojada en 2011.

En la causa conocida como La Posada o Tije contra la comunidad Paicil Antriao, también hay sentencia que condenó a los ocupantes a devolver el lote al demandante. En ese expediente, la comunidad Paicil Antriao presentó en 2021 un recurso de queja ante la Corte Suprema que todavía no resolvió si lo admite o lo desestima, informó el abogado -y concejal- Héctor Vénica, que asiste a los demandantes.

Mientras que la causa civil que promovió el ex-basquetbolista Emanuel Ginóbili para recuperar el lote ocupado por la comunidad Paicil Antriao sigue su curso en la justicia provincial.

A finales de septiembre del año pasado, el juez de primera instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Villa La Angostura, Francisco Astoul Bonorino, dictó una sentencia que condenó a la comunidad Paichil Antriao y demás ocupantes “para que dentro del plazo de 30 días procedan a restituir la posesión del inmueble a favor” de Ginóbili, bajo apercibimiento de ordenarse mandamiento de desalojo.

Fuentes judiciales informaron este viernes a LA ANGOSTURA DIGITAL que la comunidad apeló esa sentencia ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del interior de la provincia, con sede en San Martín de los Andes, que todavía no se pronunció.

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