La Justicia determinó que “la diligencia no pudo cumplirse en su totalidad” con el desalojo de las comunidades Melo y Quintriqueo pero aclaró que “el proceso sigue firme”

Una alta fuente judicial vinculada directamente con el expediente confirmó a LA ANGOSTURA DIGITAL que no existe ninguna resolución que haya suspendido la ejecución de la sentencia que ordena restituir a María Cristina Broers el lote pastoril 42, en la zona de El Pedregoso.

La orden judicial para desalojar a integrantes de las comunidades mapuches Melo y Quintriqueo del lote pastoril 42, ubicado en la zona de El Pedregoso, a unos 35 kilómetros de Villa La Angostura, continúa vigente y su ejecución no fue suspendida por el Poder Judicial de Neuquén.

Así lo confirmó este miércoles a LA ANGOSTURA DIGITAL una alta fuente judicial con contacto directo con la causa, que explicó que existe una sentencia firme que ordena restituir el inmueble a María Cristina Broers.

La aclaración adquiere especial relevancia después del operativo realizado la semana pasada, cuando efectivos de la Policía de Neuquén avanzaron sobre el predio y concretaron el desalojo de uno de los sectores ocupados por integrantes de la comunidad Quintriqueo, aunque posteriormente se retiraron sin completar la diligencia en el lugar donde permanecían miembros de las comunidades Melo y Quintriqueo.

A pesar de que el procedimiento no se completó, la orden judicial continúa vigente y el proceso de ejecución sigue en pie, señalaron las fuentes consultadas.

Una sentencia que data de 2016

El origen de la medida se encuentra en una sentencia dictada el 14 de diciembre de 2016 por el entonces juez Andrés Luchino, quien estaba al frente del Juzgado Civil 2 de Junín de los Andes.

En ese tribunal tramitó la causa iniciada alrededor de 2013 por María Cristina Broers mediante un interdicto de recobrar, procedimiento judicial destinado a recuperar la posesión de un inmueble cuando quien la ejercía sostiene que fue despojado de ella.

Luchino resolvió condenar a integrantes de las comunidades Quintriqueo y Melo a restituir el lote pastoril 42 y dispuso el correspondiente desalojo. Con el paso de los años, aquella resolución quedó firme.

Actualmente, la ejecución se encuentra bajo la órbita del juez Francisco Astoul Bonorino, titular del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Villa La Angostura.

Ante las versiones surgidas después del operativo de la semana pasada, LA ANGOSTURA DIGITAL consultó al Poder Judicial provincial acerca de si existía alguna resolución que hubiera suspendido la medida. La respuesta fue negativa.

La fuente judicial indicó que el hecho de que el procedimiento policial no se haya completado no implica que la sentencia haya quedado sin efecto.

El desalojo de la semana pasada fue parcial

El conflicto volvió a alcanzar su punto de mayor tensión el pasado 19 de agosto, cuando un importante despliegue policial llegó hasta los sectores en disputa.

Durante el procedimiento, los efectivos avanzaron sobre el lugar donde se encontraban asentados integrantes de la comunidad Quintriqueo y concretaron allí el desalojo. Sin embargo, la diligencia no pudo completarse sobre la totalidad del lote pastoril 42.

En otro sector permanecían integrantes de las comunidades Melo y Quintriqueo junto con personas que habían llegado para acompañarlas. Horas después, las fuerzas policiales se retiraron del lugar sin avanzar con esa parte del operativo.

Desde las comunidades interpretaron aquella retirada como un freno al desalojo y convocaron posteriormente a organizaciones sociales, políticas, sindicales, de derechos humanos y otras comunidades mapuches a acompañar el reclamo.

El sábado siguiente, más de 500 personas participaron de una concentración en el mismo territorio en conflicto, con presencia de vecinos de Villa La Angostura, Bariloche, San Martín y Junín de los Andes, Neuquén capital y otras localidades de la región.

Durante ese encuentro, el lonko Lucas Melo sostuvo que habían conseguido detener momentáneamente el procedimiento, aunque advirtió que el conflicto permanecía abierto.

Momentáneamente hemos logrado parar el desalojo de nuestro territorio”, había señalado Melo, quien además cuestionó el procedimiento realizado y reclamó una instancia de diálogo directo con el gobernador Rolando Figueroa.

La información suministrada ahora desde el Poder Judicial confirma precisamente que aquella interrupción del operativo no significó una suspensión judicial de la sentencia.

Qué es el interdicto de recobrar

Las fuentes judiciales explicaron que la causa que originó el desalojo es de naturaleza civil y corresponde a la figura denominada interdicto de recobrar.

Se trata de un procedimiento que busca proteger la posesión de un inmueble frente a una situación de despojo y evitar que las partes intenten resolver el conflicto por sus propios medios.

Un interdicto lo que busca es que no se llegue a la ‘justicia por mano propia’. Esto es, alguien te corre el alambrado de tu casa, o amenaza con sacarte de ahí, se inicia esta acción que lo que busca es que cese esa actitud o turbación de la propiedad. Este fue un caso de esos, un interdicto de recobrar la posesión”, explicó la alta fuente judicial consultada por este medio.

La fuente remarcó además que este tipo de procedimiento debe diferenciarse de otras acciones judiciales en las que se discute específicamente el derecho de propiedad.

En ese sentido, señaló que el interdicto es una acción distinta de aquellas “donde se busca ejercer la titularidad del derecho real de dominio, esto es, hacer valer la propiedad en sí”.

Por lo tanto, lo que se discutió en aquella causa fue la posesión del lote y las circunstancias en las que Broers denunció haber sido despojada de ella.

Un conflicto que comenzó a finales de 2011

Los antecedentes se remontan a finales de 2011, cuando integrantes de las comunidades Quintriqueo y Melo se instalaron en dos sectores del lote pastoril 42.

Las comunidades sostuvieron desde entonces que se trataba de una recuperación territorial mapuche y fundamentaron su posición, entre otras normas, en la Ley Nacional 26.160 de Emergencia Territorial Indígena.

Esa ley había sido sancionada por el Congreso Nacional en noviembre de 2006 y declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por comunidades indígenas originarias.

Uno de los puntos centrales de la norma establecía la suspensión, durante la vigencia de la emergencia, de la ejecución de sentencias y actos procesales o administrativos cuyo objeto fuera el desalojo o la desocupación de tierras ocupadas por comunidades indígenas comprendidas por la legislación.

La Ley 26.160 fue prorrogada sucesivamente durante varios gobiernos nacionales hasta que finalmente dejó de regir tras una decisión adoptada durante la presidencia de Javier Milei.

Desde las comunidades Melo y Quintriqueo han sostenido reiteradamente que cuentan con antecedentes y relevamientos territoriales que respaldan sus reclamos y cuestionaron que se avanzara con el desalojo.

La demanda presentada por Broers

La posición que surge del expediente civil es diferente. Según explicaron las fuentes judiciales, después de la ocupación registrada a finales de 2011, María Cristina Broers promovió la demanda de interdicto de recobrar para recuperar la posesión del lote pastoril 42.

Broers, ciudadana argentina, incorporó entre las pruebas presentadas en el expediente la escritura correspondiente al inmueble, indicaron las fuentes.

El litigio continuó durante varios años hasta llegar a la sentencia del juez Luchino, dictada en diciembre de 2016, que ordenó la restitución del lote y el desalojo de los ocupantes.

Aquella sentencia quedó firme y constituye actualmente el fundamento de la ejecución que lleva adelante el juzgado de Villa La Angostura.

Las comunidades reclaman una salida política

Mientras la causa judicial continúa su curso, las comunidades vienen reclamando desde hace semanas una intervención política que permita abrir una instancia de negociación.

Tras el operativo de la semana pasada, Lucas Melo pidió públicamente una reunión con el gobernador Rolando Figueroa y cuestionó las gestiones realizadas hasta ahora con funcionarios provinciales.

Nosotros pedimos urgentemente que se presente con nosotros, que nos dé una oportunidad de hablar y de explicarle al gobernador Rolando Figueroa”, expresó el lonko luego del procedimiento.

Por su parte, Amancay Quintriqueo viajó esta semana a Buenos Aires para denunciar públicamente el desalojo sufrido por su comunidad y buscar respaldo de organizaciones sociales y de derechos humanos.

Quintriqueo sostuvo que el procedimiento se realizó pese a los reclamos de la comunidad y afirmó además que existen rumores acerca de que las tierras en conflicto habrían sido vendidas a una sociedad anónima, una versión planteada por la referente mapuche que hasta el momento no cuenta con confirmación oficial.

El conflicto, que lleva más de una década atravesando instancias judiciales, territoriales y políticas, ingresó así en una nueva etapa. Mientras las comunidades buscan detener definitivamente el desalojo mediante gestiones políticas y reclamos ante distintos organismos, desde el Poder Judicial neuquino ratificaron que, en términos estrictamente judiciales, la sentencia permanece firme y su ejecución sigue vigente.

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