La Municipalidad se garantizó el comodato del predio para el Mundial de Motocross hasta el 2025

El convenio asegura una continuidad para este evento internacional que fue televisado en vivo por streaming para más de cien países con una audiencia que superó las 75 millones de personas en todo el mundo.

 

El Concejo Deliberante sancionó una ordenanza que aprobó el convenio que el intendente Fabio Stefani suscribió, en representación de la Municipalidad de Villa La Angostura, con el propietario del predio donde se construyó el circuito de motocross donde se corre una fecha el Mundial de Motocross. El convenio aprobado permitirá a la Municipalidad disponer de ese lote hasta 2025.

La ordenanza fue sancionada en la sesión pasada. En los considerandos del proyecto se indicó que el 10 de junio pasado había entrado por Secretaría Parlamentaria una nota de Stefani que solicitaba la aprobación del convenio suscripto oportunamente entre la Municipalidad de Villa La Angostura y Rafael Carlos Trozzo, en representación de Martin Ignacio Trozzo. Ese convenio se suscribió el 20 de enero del 2022.

En la nota se explicaba que ese convenio era “para prorrogar el uso del predio utilizado para el Mundial de Motocross MXGP, el que se ha desarrollado en la propiedad del señor Trozzo por 5 años consecutivos de 2015 a 2019, en los años 2020 y 2021, no pudo llevarse adelante por razones de público conocimiento como lo fue la Pandemia, y finalmente en el año 2022, se volvió a llevar a cabo de manera exitosa este importante evento”.

Ampliación del ejido 

Los concejales destacaron en los considerandos del proyecto de ordenanza que “la Municipalidad de Villa la Angostura tiene un proyecto ante Parques Nacionales de extensión del Ejido Municipal sobre el límite norte, lindero con el inmueble de propiedad del Sr. Trozzo”.

El expediente está en la Administración de Parques Nacionales desde 2007 “en lo cual las partes se comprometen a aunar los esfuerzos para que se realicen las cesiones en comodato de las tierras descriptas para el desarrollo turístico, deportivo, tradicional sobre laguna los Choros, y la Ruta Nacional 40”.

Señalaron que el lote privado lindero a la Administración de Parques Nacionales “es de titularidad del propietario, quien por medio de la prórroga de convenio autoriza al Municipio de Villa la Angostura a la utilización del predio para múltiples actividades deportivas, turísticas y tradicionales”.

“Que mediante la cláusula primera el propietario a través de la prórroga cede en comodato y autoriza al Municipio de Villa La Angostura a la utilización de una superficie de aproximadamente 15 hectáreas para la realización de además del circuito de Motocross, a la utilización del predio para otras actividades deportivas como el enduro, mountain bike, cross country, rugby, estacionamientos y eventos tradicionales culturales deportivos y afines”, indicaron en la ordenanza.

Compromisos asumidos 

“Que en este marco, la Municipalidad de Villa La Angostura se obliga a su costo a la realización y mantenimiento del mismo así como también de obtener los permisos correspondientes para la realización de eventos ante las autoridades que correspondan y un seguro de responsabilidad civil”, aclararon los concejales.

Señalaron que la Municipalidad de Villa La Angostura “se compromete a mantener y gestionar ante las autoridades provinciales y nacionales competentes en materia de medio ambiente a fin de prorrogar todos los permisos y/o estudios de impacto ambiental y/o certificaciones requeridos, a fin de garantizar que las actividades a desarrollarse en el predio cedido en comodato no produzcan daño alguno al entorno, la flora, la fauna del parque y particularmente el bosque nativo”.

También, el Municipio “se compromete a contratar los seguros necesarios para reparar y/o compensar e indemnizar cualquier daño ambiental causado directa o indirectamente por la actividad deportiva autorizada por el convenio, y a contratar todos los seguros de responsabilidad civil y otros, necesarios para mantener indemne al propietario de cualquier reclamo por daños y perjuicios emergentes de las actividades a realizarse en el predio que pudieran surgir de participantes o terceros”.

Vigencia

“Que según la cláusula cuarta del convenio se fija por un plazo de 5 años contados a partir del vencimiento del aprobado por ordenanza 3289/17, venciendo el mismo el 6 de mayo del 2025”, indicaron los concejales.

“Finalizado dicho periodo, las mejoras realizadas quedarán en beneficio del propietario, debiendo repararse en su caso, los daños que se pudieren llegar a ocasionar al propietario, emergentes de la actividad autorizada, pudiendo prorrogarse el mismo por idéntico plazo siempre y cuando exista la conformidad expresa de ambas partes”, plantaron en la ordenanza.

Por su parte, la Municipalidad “se obliga a exceptuar del pago de las tasas municipales a los lotes afectados en los que se desarrollaran las actividades precedentemente mencionadas, siendo dichos lotes propiedad del señor Trozzo mientras dure el convenio”.

 

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