Violentas acusaciones cruzadas entre dos familias a raíz de un conflicto por tierras en Villa Traful

La defensa de dos imputados de haber golpeado y causado lesiones graves a un abuelo cuestionó al fiscal que investiga el caso por haber convalidado a una querellante para intervenir en la causa. Dieron su versión del origen del conflicto.

 

Los defensores particulares de Mario Omar Inostroza y de Agustín Inostroza, que están imputados en una causa penal por las lesiones graves que sufrió el abuelo Rogelio Cuevas, objetaron que el juez Nazareno Eulogio haya admitido como querellante de Martina Cuevas, familiar de la víctima.

Además, objetaron el posicionamiento del fiscal del caso Adrián De Lillo “que le dio a Martina Cuevas una legitimación para ser querellante, cuando no hay ningún expediente iniciado”.

“Rogelio Cuevas no fue declarado incapaz, no hay ninguna tutela en trámite, entonces no tiene la calidad de víctima. Es más, Martina Cuevas tiene domicilio en Bariloche, no vive en Villa Traful”, señaló en declaraciones a LA ANGOSTURA DIGITAL la abogada Georgina Chierasco, que defiende a los imputados, junto con su colega Juan Martín Palumbo.

El juez admitió en la audiencia del 2 de septiembre pasado los cargos que De Lillo formuló contra Mario Omar Inostroza, que trabaja como guardafauna, por las lesiones graves causadas a Rogelio Cuevas el 20 de mayo último en Villa Traful y las amenazas calificadas por el uso de arma en contra de la víctima.

Eulogio aceptó además la acusación contra Agustín Inostroza (hijo de Mario), que es empleado del EPEN en Villa Traful, como coautor de las lesiones graves sufridas por la víctima. El apoderado legal de la querellante, Cristian Pettoroso adhirió a la acusación fiscal.

Según la fiscalía, los imputados golpearon con unas maderas la mañana del 20 de mayo pasado a la víctima, que sufrió una fractura en uno de sus brazos como consecuencia de los golpes. La agresión ocurrió, según la teoría fiscal, en un sector de Villa Traful.

El fiscal atribuyó a Mario Inostroza haber amenazado a la víctima con un arma de fuego que presuntamente portaba.

El juez dispuso un plazo de 4 meses para completar la investigación del caso y ordenó varias medidas cautelares, como la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros y prohibición de ejercer actos de perturbación, intimidación respecto a Elizabeth Cuevas y Rogelio Cuevas.

Les impuso a los acusados alejarse de Rogelio Cuevas y de Martina Cuevas en el caso de que se encuentren de forma casual en algún lado. Les prohibió a los imputados ejercer cualquier acto de intimidación, violencia o perturbación a Rogelio Cuevas y Elizabeth Cuevas de manera directa o indirecta por medio de interpósita persona. La medida de protección alcanza también a Nilda Olate, Ludmila Cuevas, Marcelo Cuevas y Fernando Cuevas. Además, se notificó de las medidas a la comisaría de Villa Traful.

La postura de la defensa 

Los defensores particulares aseguraron en un comunicado que el origen del problema es por un conflicto que viene desde hace varios años entre las familias Cuevas y Gallegos.

“Es un conflicto de larga data que se inicia a raíz de un permiso de ocupación y pastaje que fue otorgado a la señora Delfina González, viuda de Gallegos, sobre una zona en la localidad de Villa Traful perteneciente a Parques Nacionales, permiso que es hereditario según reglamentación de Parques Nacionales pero no es divisible”, explicaron los abogados de los Inostroza.

“A raíz del fallecimiento del último representante legal ante Parques Nacionales, Rubén quien había sido nombrado por todos, familia Cuevas y familia Gallegos, comenzaron a surgir diferencias entre ellos”, explicaron.

“Se han suscitado una escala de situaciones de violencia, que la familia Cuevas utilizando a una persona con discapacidad, al Sr. Rogelio Cuevas, buscan despojar a la Familia Gallegos de un derecho reconocido sobre el lugar”, plantearon.

Y desmintieron lo manifestado por el abogado por la querella (familia Cuevas) que había planteado “que estamos ante personas violentas”, en referencia a los imputados.

Observaron que Viviana Gallegos “es la última persona de apoyo establecida en el expediente JVAFA1- 792/2007 “Cuevas Rogelio s/ Declaración de capacidad y designación de personas de apoyo”.

“Es ilógico pensar que lo que la Justicia estableció como cuidado del Sr. Rogelio Cuevas hoy quiera lastimarlo”, indicaron los defensores.

Aseguraron que Viviana Gallegos “fue golpeada como adjuntamos en las fotos, lastimada por la Familia Cuevas por lo cual se realizó la respectiva denuncia en la Comisaria de Villa Traful y estamos a la espera de que la Fiscalía inicie las acciones respectivas”.

“Vemos que se está intentando utilizar a una persona con discapacidad de forma ilegítima e ilegal con anuencia del Ministerio Publico Fiscal, para excluir con medidas cautelares el ejercicio de un derecho que es propio de la familia Gallegos, mintiendo y realizando imputaciones de delitos inexistentes, que serán denunciados como el delito de calumnias”, aseguraron los defensores.

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