Crearon el Consejo de Juntas Vecinales de Villa La Angostura

Los concejales sancionaron el proyecto de ordenanza que pone en funcionamiento ese nuevo espacio de participación, para tener voz en asuntos que promueve la municipalidad y que son de interés para los vecinos de los barrios de esta localidad.

 

El Concejo Deliberante sancionó la ordenanza que crea el Consejo de Juntas Vecinales de Villa La Angostura. Según la norma sancionada en la sesión pasada, el Consejo funcionará como “un órgano colegiado de participación cívica y comunitaria de las juntas vecinales del Municipio, basado en los principios de igualdad, solidaridad vecinal y ayuda mutua”.

“El Consejo de Juntas Vecinales tiene como objetivos articular los intereses y fortalecer la capacidad de acción comunitaria de las juntas vecinales que lo integran, fomentar la relación interbarrial, defender los intereses generales de los vecinos y fortalecer su representatividad en los ámbitos de las políticas públicas y colaborar con las autoridades municipales”, indica la ordenanza.

Establece que las responsabilidades del Consejo de Juntas Vecinales son “emitir informes o prestar asesoramiento a iniciativa propia o a petición del Departamento Ejecutivo o del Concejo Deliberante en todos aquellos asuntos de interés común relacionados con las juntas vecinales y con la aplicación de ordenanzas y normas vigentes”.

También, “formular propuestas al Departamento Ejecutivo y al Concejo Deliberante sobre posibles soluciones o alternativas en cuestiones tales como seguridad pública, ordenamiento del tránsito, manejo de residuos domiciliarios, provisión de agua potable, cloacas y otras dificultades y necesidades de la comunidad en general”. 

Órgano de consulta y asesoramiento 

Además, será órgano de consulta y asesoramiento respecto de las necesidades de las juntas vecinales y para coordinar y facilitar gestiones y acciones conjuntas ante las autoridades municipales a requerimiento de sus integrantes.

Otra responsabilidad que le otorga la ordenanza al Consejo de Juntas Vecinales es “realizar el seguimiento y evaluar los criterios que promuevan la participación activa de los vecinos y los dirigentes de cada junta vecinal con respecto a la elaboración del presupuesto participativo establecidos en la Carta Orgánica Municipal”.

“Establecer vínculos con entidades o personas con el fin de realizar acciones que promuevan el interés comunitario” y “fomentar y organizar la capacitación de sus integrantes y las dirigencias de las juntas vecinales, a través de cursos, jornadas, charlas y cualquier otra actividad de formación, en el uso y aplicación de herramientas para mejorar la capacidad de gestión y la organización administrativa y contable de las juntas vecinales, el presupuesto participativo”, son otras responsabilidades del Consejo.

También, “proyectar y organizar en conjunto con el Departamento Ejecutivo, programas destinados a fomentar la recreación, el deporte, la cultura, la educación, la salud, y la formación ciudadana, así como sobre los derechos y deberes relacionados con la niñez, la adolescencia y la familia y evaluar las necesidades generales, culturales, de atención primaria para codiseñar políticas públicas”. 

Cómo estará integrado

La ordenanza sancionada prevé que el Consejo de Juntas Vecinales estará integrado por 1 representante de cada junta vecinal reconocida y 1 suplente, quienes deberán ser integrantes de la comisión directiva de la junta vecinal de su barrio y realizarán su laboren en el Consejo de Juntas ad honórem.

“A fin de sostener su organización y funcionamiento, el Consejo de Juntas Vecinales en su primera reunión elegirá, de entre sus integrantes, 4 personas, para conformar un Grupo Coordinador, ad honórem”, señala la norma.

Esas cuatro personas serán elegidos para desempeñar sus funciones por un período 1 año calendario y no podrán ser reelegidos por más de 2 períodos consecutivos, procurándose que los cargos sean ejercidos rotativamente por representantes de todas las juntas vecinales.

La norma prevé que el Consejo de Juntas Vecinales “se reunirá regularmente como mínimo cada 2 meses en día, lugar y hora que determinará el mismo y en cualquier otra oportunidad que se considere necesario ante una situación de emergencia para la comunidad, con ese único tema en el orden del día, en este último caso”.

“Podrá celebrar válidamente sus reuniones con la presencia de la mitad más uno de sus integrantes y en caso de no lograrse este número, 30 minutos después de fijada en la convocatoria con la presencia de un tercio de sus integrantes”, señala la ordenanza.

El Consejo “aprobará todas las decisiones que tome por simple mayoría de los integrantes presentes”.

“Designará integrantes para que participen de otros entes organizados en la comunidad, así como en consejos asesores del Municipio cuando fueran convocado a tales efectos por autoridad competente, e informen sobre los mismos”, indica.

“Podrá convocar a personas, expertos, profesionales o autoridades Gubernamentales a fin de recibir asesoramiento específico relacionado con temas que contribuyan al mejoramiento de la gestión y de la tarea social comunitaria que debe abordar, y podrá, asimismo, invitar a autoridades y funcionarios de distintas áreas del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante para solicitar información o exponer propuestas”, señala.

La norma establece además la creación del Programa Presupuestario “Consejo de Juntas” dentro de la Secretaría de Gobierno o la que en el futuro la reemplace, con el fin de atender a las responsabilidades determinadas en la ordenanza, junto con las partidas y fondos presupuestarios correspondientes.

Fundamentos

Los concejales señalaron en los considerandos del proyecto de ordenanza sancionado que la iniciativa surgió de la necesidad de coordinación de las Juntas Vecinales que integran Villa La Angostura “para poder orgánicamente cumplir su función no en forma aislada sino como un todo”.

Destacaron que el artículo 20 de la Carta Orgánica Municipal establece: “La Municipalidad promueve, reconoce y garantiza la constitución y funcionamiento de juntas y organismos vecinales a fin de satisfacer las necesidades barriales y propender al bien común, con independencia de los Gobiernos, partidos políticos, entidades confesionales y todo otro tipo de organizaciones”.

Recordaron que en numerosos artículos y apartados de la Carta Orgánica “se insiste en la participación de la ciudadanía”.

Advirtieron que por la cantidad de juntas vecinales y sus representantes “se hace necesario coordinar en un grupo menor de miembros a las mismas, para llevar un mensaje común y unificado que permita canalizar todas las inquietudes, particulares y generales”.

“Que este Concejo Deliberante se ha reunido en Plenario con representantes de las Juntas Vecinales donde se manifiesta el interés de trabajar en manera mancomunada en la puesta en valor de la participación ciudadana como una herramienta de colaboración para el Municipio y sus vecinas y vecinos”, sostuvieron.

Indicaron que habían consultado en la Secretaría de Economía “con la finalidad de establecer un programa presupuestario que respalde la presente normativa”.

Enfatizaron que el Concejo Deliberante “celebra las propuestas ciudadanas tendientes a la participación de las vecinas y vecinos en la construcción de una sociedad democrática y colaborativa”.

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